Un ex directivo de Rumasa es requerido para una prueba de ADN por una posible paternidad no reconocida

Un detective privado obtuvo el ADN del exdirectivo en la vía pública, lo que permitió interponer una demanda de filiación en el Juzgado de Jerez de la Frontera. El reclamante, residente en EEUU, tiene 50 años

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Un cartel de una farmacia donde se hacen pruebas de paternidad. / D. S.

Un ex directivo de Rumasa, afincado actualmente en Jerez de la Frontera y de 77 años, ha sido requerido por la Justicia para someterse, en un plazo de cinco días, a una prueba de ADN en el marco de un proceso judicial que investiga una posible paternidad no reconocida. El procedimiento, impulsado por un hombre de 50 años que reside en Estados Unidos y que reclama ser su hijo biológico, ha sido admitido a trámite en los juzgados de Jerez, siguiendo la normativa vigente en 2025 en España sobre pruebas biológicas de paternidad, según ha informado el abogado del demandante, Fernando Osuna.

La madre del presunto hijo biológico mantuvo una relación sentimental extramatrimonial a partir de la década de 1960 con el exdirectivo cuando ambos residían en Jerez de la Frontera. Tras el nacimiento del hijo y la desvinculación afectiva por parte del presunto padre, la madre se trasladó a Estados Unidos tras una etapa viviendo en Sevilla y posteriormente Cádiz, contrayendo matrimonio en América y estableciéndose allí de forma definitiva. El demandante, nacido de aquella relación, ha recurrido a detectives privados en 2024 para obtener pruebas biológicas que sustentaran su petición de filiación, alegando 'el nacimiento se produjo fruto de las relaciones íntimas extramatrimoniales mantenidas por su madre con el demandado, con el cual mantuvo una relación sentimental no matrimonial que se iniciaría en la década de los años 60 y terminó después de muchos años'.

Los detectives contratados en 2024 efectuaron un seguimiento sobre el ex directivo y lograron hacerse, en la vía pública, con un objeto personal que contenía saliva y, por tanto, ADN. Los investigadores privados remitieron estas muestras a un laboratorio acreditado, permitiendo la comparativa genética entre el perfil del reclamante y el material recogido. De acuerdo a la información facilitada desde el entorno del investigado, "la comparación de los perfiles obtenidos mediante la extracción de ADN encontrados en las muestras dio como resultado que la muestra atribuida al exdirectivo y el perfil genético identificado como el reclamante están emparentados por vía paterna".

Este informe, junto a otras pruebas como declaraciones de testigos y aparentes similitudes físicas entre presunto padre e hijo, ha sido determinante para que el juzgado actuante haya procedido a requerir formalmente al implicado. En cuanto al procedimiento, el juez ha fijado expresamente un plazo de cinco días para realizar la prueba biológica de ADN en sede judicial. En caso de negativa o dilación injustificada, la ley prevé consecuencias procesales desfavorables para la parte requerida, pudiendo considerarse la negativa como un indicio de paternidad.

Un caso de filiación con posibles implicaciones hereditarias

La controversia sobre la posible paternidad del ex directivo se enmarca dentro de un contexto familiar sensible, dado que la herencia prevista -dada la trayectoria empresarial del investigado y la conocida vinculación con el conglomerado de Ruiz Mateos- podría alcanzar cifras considerablemente elevadas. El reclamante, que reside desde hace más de veinte años en Estados Unidos, busca "establecer legalmente su verdadera realidad biológica" tal y como consta en la demanda, y obtener el reconocimiento formal de la filiación.

Por su parte, el empresario nunca ha reconocido la existencia de este hijo y ha rehusado en reiteradas ocasiones cualquier intento de acuerdo extrajudicial. Este comportamiento ha llevado a la parte solicitante a optar por la vía legal, como ya ocurriera en procesos de filiación similares dentro del ámbito de empresarios vinculados al antiguo grupo Rumasa.

En España, la regulación de los procesos de reconocimiento de paternidad ha experimentado una evolución significativa en los últimos años, con especial atención a la importancia de las pruebas de ADN como herramienta fundamental. La jurisprudencia actual establece con claridad que el rechazo injustificado a someterse a la prueba genética puede dar lugar a presunciones legales de paternidad, siempre que existan otros elementos de prueba que refuercen la pretensión del reclamante.

En este asunto, la utilización de detectives privados y el empleo de métodos no invasivos para recabar muestras biológicas en lugares públicos ha sido avalada por los tribunales en ocasiones anteriores, dado que no infringe el derecho a la intimidad ni al honor de la persona. La tendencia de la jurisprudencia apunta hacia una resolución favorable al reclamante en caso de negativa o falta de colaboración por parte del presunto padre.

El papel de los detectives privados en litigios de paternidad

La intromisión legítima de los detectives privados en la recopilación de muestras biológicas ha supuesto, en la última década, un auge en la presentación de demandas de filiación en España y en países como Estados Unidos. De acuerdo con fuentes jurídicas consultadas, este tipo de pruebas aportadas con garantías suelen ser admitidas por los órganos judiciales si se acredita la cadena de custodia y la autenticidad de las mismas.

En el caso presente, la actuación del detective consistió en hacerse, en la vía pública y sin el conocimiento directo del exdirectivo, con un objeto desechado que contenía restos de saliva, evitando así cualquier contacto o vulneración de derechos fundamentales.

Rumasa S.A. fue uno de los mayores conglomerados empresariales españoles del siglo XX, fundado y dirigido por José María Ruiz Mateos. Creció a lo largo de las décadas de 1960 y 1970 englobando, en el momento de su expropiación en 1983, más de 700 empresas en sectores clave como la alimentación, hostelería, banca y distribución. Tras su intervención por parte del Estado, varios ex directivos iniciaron carreras empresariales independientes, algunos de los cuales han estado implicados, en años recientes, en litigios judiciales por cuestiones patrimoniales y familiares.

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