Jucicio crimen del bebé de Los Prunos

La fiscal retira el cargo de asesinato 'por omisión' para la madre del bebé muerto en Los Prunos

  • A la petición se suma la acusación ejercida por la Junta de Andalucía y la acusación particular, aunque esta última lo cambia por un delito de homicidio imprudente. 

  • Se mantiene el cargo de asesinato para la ex pareja de la madre y los de maltratos para ambos acusados

Los acusados de maltrato y asesinato en el banquillo

Los acusados de maltrato y asesinato en el banquillo / José Ángel García

"No consta que Isabel M. R. M. supiera o escuchara lo que ocurría en el dormitorio mientras Ezequiel supuestamente dormía al niño". Este ha sido uno de los argumentos de la fiscal para retirar el cargo de asesinato de comisión por omisión a la acusada junto a su ex pareja de matar a un bebé de 18 meses y maltratar a su hermano, de 3 años en la barriada sevillana de Los Prunos en 2016. Una vez concluidas las sesiones del juicio que comenzó el pasado 24 de mayo, el jurado tendrá que deliberar sobre las cuestiones presentadas tanto por las tres acusaciones como por las dos defensas.

A esta petición de la fiscal se sumó la acusación ejercida por la Junta de Andalucía, que representa al hermano del bebé fallecido, que ahora tendrá unos 6 años y que es hijo de la acusada. La acusación particular, que representa al padre del menor fallecido, también retira el cargo de asesinato para la madre y lo sustituye por el de homicido imprudente, castigado de 1 a 4 años de cárcel.

Las tres acusaciones mantienen la imputación del delito de asesinato con alevosía y la agravante de parentesco para Ezequiel T. R., el otro acusado, así como los delitos de maltrato para la madre y su ex pareja en el menor de 3 años. En este punto, la acusación particular califica el delito de maltrato como continuado en referencia a la acusada. En cuanto a las penas solicitadas, la Fiscalía pide 25 años de cárcel para Ezequiel T. R. por el delito de asesinato, frente a la acusación particular que solicita la prisión permanente revisable. 

Durante su informe final, la fiscal explicó la retirada del cargo de asesinato (comisión por omisión) a la madre porque "si Isabel no sabía que estaban golpeando a su hijo, que se estaba muriendo, ¿cómo va a ser responsable'". Según las declaraciones de la acusada tanto en el juicio como a la Policía, estaba preparando la merienda a su otro hijo y hablando por teléfono "mientras Ezequiel dormía al bebé". 

La fiscal recalcó que una de las pruebas principales de que no acostó al niño en la cuna y que no sabía que el bebé había fallecido es que fue a darle el biberón y cambiarle al pañal a la 1:00. "Esto se corrobora con el testimonio de las vecinas que dicen que oyen gritar sobre esa hora: ¡mi niño, me lo han matado!", añade.

Cambios de declaraciones

Sobre el testimonio del acusado, Ezequiel T. R., la fiscal destaca que ha cambiado varias veces y que, "después de tres años, ahora dice que cuando él salió del domicilio los niños estaban despiertos y jugando". El acusado en el uso de su última palabra insistió en que los niños estaban jugando cuando se fue de la casa. Para la fiscal, "quién acostó al niño es quien lo mató" y el acusado "tuvo la oportunidad de hacerlo en el tiempo que estuvo solo en el dormitorio con el niño".

Sobre los cargos de maltrato para Isabel M. R. M., la letrada de la Junta de Andalucía que representa al menor de 3 años en el momento de los hechos, explica que éste presenta signos de maltrato acreditado con ocho tipos de lesiones. Los cargos de malos tratos, como ocurre con los solicitados por la Fiscalía, se refieren a la paliza dada al niño de 3 años por la madre y al momento en el que el acusado le tapó fuertemente la boca con un almohadón y el hijo mayor de Ezequiel T. R. le hizo soltar al pequeño.

"Condenada de por vida"

En este sentido, la defensa de Isabel M. R. M. recordó que ella siempre negó haber maltratado a sus hijos aunque asume que la conducta "no es la adecuada". La abogada insistió en que la acusada "hace con sus hijos lo que hacían con ella". Durante su última palabra, Isabel M. R. M. afirmó que ella ya estaba condenada para toda la vida "porque no voy a volver a ver la cara de mi niño y llevo tres años sin ver a mi otro hijo". 

Ante la retirada de los cargos para la acusada, la defensa de Ezequiel T. R. insistió en la "inexistencia de pruebas concluyentes contra su defendido. Para culpar a alguien se tiene que desvirtuar la presunción de inocencia" y planteó incluso la posibilidad de que Isabel fuera la que zarandeó y golpeó al bebé porque "estuvo sola con los niños durante dos horas". La defensa de la acusada afeó a esta abogada que no hubiera apuntado esta posibilidad en los tres años que ha durado el procedimiento.

Respecto a las pruebas que apuntan a la culpabilidad de Ezequiel -la grabación del furgón policial y las declaraciones de los hijos del acusado-, la abogada aseguró que los niños "mienten" y que "venían instruidos porque la madre siente animadversión hacia el padre".

La Fiscalía solicitaba en un principio para cada acusado 25 años de cárcel por un delito de asesinato (en el caso de la madre como autora en comisión por omisión dada su posición de garante del menor), tres años de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y de comunicarse con otro hijo menor de la detenida por tiempo de 5 años por un delito de maltrato en el ámbito familiar, así como 7 meses de cárcel y la misma prohibición de aproximación y comunicación sobre el mismo menor, aunque en este caso por tiempo de 2 años, por un segundo delito de maltrato en el ámbito familiar. En el caso de la madre de los pequeños, el Ministerio Público solicita además la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por un periodo total de 6 años y 9 meses. Asimismo, reclama que los acusados indemnicen al hermano de la víctima con 101.800 euros a través de la Junta de Andalucía, que ostenta su tutela.

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