El juez archiva "definitivamente" la causa contra la madre del Cuco y el supuesto infiltrado
El asesinato de Marta del Castillo
El juez había acordado la suspensión de la condena después de que Rosalía García Marín y el supuesto infiltrado abonasen la multa
Caso cerrado. El juez de lo Penal número 10 de Sevilla ha dictado un auto por el que acuerda el archivo "definitivo" de las diligencias por la condenada por un delito de quebrantamiento contra Rosalía García Marín, madre del Cuco, y contra el supuesto infiltrado en el entorno de su familia, por haber vulnerado la orden de alejamiento que impedía que su hijo, Francisco Javier García Marín, se acercara a menos de 50 kilómetros de la familia de Marta del Castillo. El auto se produce después de que el juez David Candilejo acordara hace dos años la suspensión de la condena contra la madre del Cuco y le advirtiera de que la suspensión de la pena estaba "condicionada" a que durante el plazo de dos años "no vuelva a delinquir, de tal forma que si lo hiciere tendría que cumplir la pena ahora suspendida".
Ese tiempo de la suspensión ha transcurrido ya y el magistrado ha dictado un auto, con fecha 12 de enero y al que ha tenido acceso este periódico, en el que recuerda que la sentencia se declaró firme el 22 de junio de 2017 y se han practicado las diligencias para la ejecución de la misma, por lo que la resolución dispone el "archivo definitivo" de las diligencias, previo informe favorable de la Fiscalía.
En el auto que acordó la suspensión de la pena, el juez recordó que esta medida tiene un "fundamento resocializador, eludiendo el ingreso en prisión de personas que, o bien hayan delinquido por primera vez, o bien respecto de las cuales sea razonable que no reincidirán en el delito, para evitar las negativas consecuencias que genera el cumplimiento de la pena privativa de libertad. Y en este caso por los motivos expuestos se accede a la suspensión".
El abogado de la madre del Cuco, Rafael Ramírez García del Junco, consideró en su momento que la decisión del juez "es justa", puesto que Rosalía García Marín cumplía todos los requisitos para que cumpliera lo establecido en los 80 y 82 del Código Penal, dado que se trataba de un primer delito y la pena impuesta no era superior a los dos años, en concreto, el pago de una multa de 2.520 euros, de los cuales la acusada había pagado 1.000 euros, por lo que el juez había calculado una posible privación de libertad de 127 días, la responsabilidad penal subsidiaria correspondiente al resto de la multa.
La decisión del juez estaba avalada por la propia Fiscalía de Sevilla, que en noviembre de 2018 remitió un escrito al juzgado en el que ponía de manifiesto que "no se oponía" a la concesión del beneficio de suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad por cuanto "se verifican los requisitos legalmente previstos en los artículos 80.1 y 2 del Código Penal".
De la misma forma, P. B. R., el supuesto infiltrado en el entorno de la familia del Cuco y que en su momento entregó más de 600 horas de conversaciones grabadas, también abonó el resto de la multa de 1.325 euros (hasta completar los 2.520 euros) que le fue impuesta por un delito de quebrantamiento después de que fuese sorprendido junto a los padres en un vehículo en dirección a Sevilla el 14 de noviembre de 2010 con el entonces menor Javier García Marín, sobre el que pesaba una orden de alejamiento de la familia de Marta del Castillo.
En el juicio por el quebrantamiento del Cuco un agente del Grupo de Menores (Grume) de la Policía que se encargó de la investigación de la desaparición y muerte de Marta del Castillo aseguró que el supuesto infiltrado no es más que un "delincuente" y que los datos que ha aportado a dicha investigación sólo son "paparruchadas".
En la sentencia, el juez desmontó todos los alegatos de P. B. R., al declarar probado que aunque éste comunicó al Grume que la familia del Cuco tenía intención de llevarlo a Sevilla, la Policía "no acordó ninguna medida en concreto, no estableció ningún control en carretera" y no le dio ninguna instrucción sobre cómo actuar.
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