El crimen del joyero de Carmona

El tercer implicado en el brutal asesinato del joyero de Carmona se enfrenta a 33 años de cárcel

La Guardia Civil traslada al detenido a los juzgados de Carmona. / D. G. G. C.

El tercer ciudadano rumano implicado en el brutal asesinato en agosto de 2018 del joyero de Carmona Francisco Cintado se enfrenta a una condena de 33 años de cárcel. Esta es la petición que la Fiscalía de Sevilla ha realizado para Ionut A., el joven que fue detenido en julio pasado en Rumanía tras permancer más de tres años fugado de la Justicia y que será juzgado en los próximos meses en la Audiencia de Sevilla como presunto autor de los delitos de asesinato y de detención ilegal como medio para cometer un delito de robo con violencia.

Tras la detención del tercer sospechoso, la Fiscalía ha presentado su escrito de conclusiones provisionales, en el que detalla la presunta participación que tuvo Ionut A. en el crimen. Así, relata que este acusado, en unión de los otros dos rumanos que ya están cumpliendo la condena, se presentaron el 3 de agosto de 2018 en la joyería Cintado de Carmona, con el pretexto de realizar la reparación de un reloj y así "ganarse la confianza" del dueño del establecimiento, Francisco Cintado, con el quedaron en verse otro día para recoger el encargo y de esta forma entrar en el establecimiento "sin levantar sospecha".

Los tres individuos regresaron sobre las 18:00 horas del 6 de agosto de 2018, en ejecución de un plan en el aceptaron incluso "dar muerte" al joyero si "así surgiera para obtener su ilícito propósito de enriquecerse" se dirigieron hacia el negocio de Carmona. Mientras que Iulian realizaba labores de vigilancia, los otros dos acusados llamaron al timbre de la joyería. Eran las 19:08 y Francisco Cintado le abrió la puerta al haberlos reconocido por la cámara de vigilancia debido al encargo que le habían realizado días antes.

Acto seguido y tras pedirle el encargo, entraron en la trastienda siguiendo al comerciante y sin darle tiempo de que saliera de la misma "ni posibilidad alguna de defensa", Gheorghe se abalanzó sobre Francisco en el momento en que éste se disponía a salir con una bandeja con algunas joyas, y entonces ambos acusados comenzaron a "golpearlo brutalmente, dándole golpes y patadas por toda la cara, cuerpo y extremidades, forcejeando ambos hasta que consiguieron colocarle las manos atadas a la espalda, atándole también los pies y colocándole cinta americana en la boca, comprimiendo la misma fuertemente". 

Ionut A., el último de los detenidos. Ionut A., el último de los detenidos.

Ionut A., el último de los detenidos. / M. G.

En ese momento, encontrándose Francisco reducido en el suelo y sin posibilidad de movimiento, Gheorghe comenzó a registrar la cámara acorazada, sacando varias bandejas de joyas del interior, mientras que Ionut "se sentó sobre el pecho de Francisco", dificultándole la respiración y cuando el joyero logró incorporar medio cuerpo, el otro acusado le propinó un "fuerte rodillazo" en la cabeza que provocó que cayera inconsciente boca abajo.

Ambos acusados continuaron "impasibles" registrando la trastienda y apoderándose de joyas y otros efectos, marchándose sobre las 19:15 del local. La víctima sufrió múltiples contusiones y falleció sobre las 21:00 horas de una parada cardiorrespiratoria, una muerte "provocada por la brutalidad de los golpes" que le propinaron y que fue "querida por los partícipes de los hechos para procurar su impunidad", señala la Fsicalía.

La acusación pública solicita para Ionut A. ocho años de cárcel por un delito de detención ilegal como medio para cometer un robo con violencia, y otros 25 años de prisión por el asesinato.

El Supremo confirmó las condenas de los otros dos acusados

Recientemente, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta a los otros dos acusados, en una sentencia en la que ha rechazado íntegramente el recurso de casación presentado por la defensa del ciudadano rumano Gheorghess S., que fue condenado a 23 años y 6 meses de cárcel por un delito de asesinato y a otros ocho años de cárcel por un delito de detención ilegal.

La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso este periódico, confirma íntegramente la resolución dictada en junio pasado por el TSJA, que no obstante había estimado parcialmente los recurso de los dos condenados y que no apreció la concurrencia de la circunstancia agravante de ensañamiento en el crimen del joyero. Respecto al otro acusado, Iulian I., que fue exculpado del asesinato durante la vista oral, no ha recurrido ante el Supremo, por lo que se mantiene la sentencia del TSJA que lo condenó sólo por un delito de detención ilegal a 8 años de cárcel.

Los magistrados del Supremo han rechazado todos los motivos planteados por la defensa de Gheorghess S. en su recurso, y así señala que el condenado ha "reproducido en casación los mismo motivos alegados en apelación, y combate nuevamente la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla como si de una tercera instancia se tratara, sin efectuar nueva alegación que desvirtúe los razonamientos contenidos en la sentencia de apelación", dicen los jueces, que a pesar de que por este motivo por sí sólo ya podían desestimar el recurso entran a valorar los distintos motivos alegados, desmontándolos uno a uno.

El acusado había alegado precisamente indefensión por haber sido juzgado sin la presencia del tercer implicado que se hallaba en rebeldía, pero sobre este punto el fallo señala que esto no le ha provocado "ninguna indefensión, ya que toda la prueba de cargo obtenida se basa en su propia declaración, en los testimonios de los agentes intervinientes y de una de las hijas del fallecido que comparecieron a la vista oral, en la pericial médico forense ratificada y sometida a contradicción en el acto del juicio oral y en la grabación obtenida en el interior de la joyería que ha permitido al tribunal ver, analizar, y valorar todo lo que ocurrió en su interior".

También rechaza el Supremo la alegación de falta de motivación del veredicto del jurado popular y de la sentencia, y en este sentido recuerda el fallo que "los jurados en su veredicto expresaron lo elementos de convicción y una sucinta explicación de las razones por las que habían aceptado o rechazado declarar los hechos como probados en cada apartado o cuestión que les fueron formuladas, por lo que ha de considerarse que la sentencia aparece suficientemente motivada en el apartado fáctico siendo correcta la motivación del veredicto".

Y la magistrada presidente del tribunal expuso "de forma minuciosa, detallada y reiterada las pruebas de cargo válidamente practicadas para acreditar cada uno de los hechos que los jurados estimaron probados en su veredicto". De esta forma, se justifica plenamente la concurrencia de "prueba de cargo suficiente y válidamente obtenida para cada uno de los apartados del relato fáctico y razona con plena lógica la consecuencia que se obtiene de cada uno de ellos".

Alta probabilidad de muerte por la "brutal agresión"

La defensa también alegó que existían dudas razonables de que el acusado con su acción aceptara al menor eventualmente la muerte del joyero, pero este argumento también lo rechaza con contundencia el Alto Tribunal. "El acusado pudo no querer directamente el resultado de muerte que se produjo. La muerte en sí no era exactamente el objeto perseguido. Pero la alta probabilidad de que con los actos ejecutados sobre la víctima se produjera el resultado, y la desconsideración y falta de respeto mostrada hacia su vida que la realización de tales actos implicaba, permite imputar su resultado al menos a título de dolo eventual".

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