Polémica por las transcripciones

“La Administración de Justicia retrocede un siglo”, afirman los secretarios

  • El juez decano, Francisco Guerrero, cree que la solución serán más inversiones  

Una reciente concentración de secretarios judiciales en Sevilla

Una reciente concentración de secretarios judiciales en Sevilla

La polémica está servida con el último auto jurisdiccional de la Audiencia de Sevilla que obliga a los jueces de instrucción a transcribir en papel las declaraciones de investigados y testigos que estén grabadas en CD. La Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia (UPSJ) cree que con esta medida “la Administración de Justicia retrocede un siglo”.

Transcribir manualmente “supone ineficacia, inexactitud y colapso”,  dice esta asociación profesional en su página web. Reprocha al pleno jurisdiccional de los magistrados de lo penal de Sevilla haberse “aferrado a la interpretación literal de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de hace dos siglos”. 

“Es un claro retroceso de la Administración de Justicia en detrimento de los derechos de la ciudadanía”, afirma la UPSJ.

Además,  los magistrados sevillanos han ignorado el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial que, en abril de 2017, desautorizó las resoluciones y acuerdos de la Salas de Gobierno de los Tribunales superiores de Justicia que ordenasen transcribir las declaraciones grabadas.

Otros secretarios sevillanos consultados por este periódico insisten en esa misma lectura: “los magistrados usan argumentos del siglo XIX con tecnologías del siglo XXI”.

Afirman que el auto de la Audiencia contradice las resoluciones del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Superior andaluz a favor de la grabación de las actuaciones judiciales. Y destacan que la grabación se están imponiendo en todas las causas complejas. Entre ellas, el sumario por la llamada mafia del taxi en Sevilla tiene ya 30 declaraciones en vídeo y ninguna por escrito.

Ningún juzgado de España, cuando toma declaración por exhorto a investigados o testigos, lo hace dejando constancia por escrito de sus palabras, sino mediante  videoconferencia, añaden estos letrados de la Administración de Justicia (antiguos secretarios judiciales).

La transcripción a papel es una orden dirigida directamente a los jueces de instrucción pero hasta este viernes no se había solicitado la convocatoria de una Junta de Jueces o cualquier otra iniciativa, según Francisco Guerrero, juez decano de Sevilla.

Guerrero manifiesta a este periódico que, personalmente, no tiene una opinión formada. “La grabación es lo previsto legalmente y es un avance técnico”, destaca. 

A su juicio, no está claro si es un tema jurisdiccional o gubernativo y “posiblemente todo se reconducirá a una mayor inversión en medios técnicos”.

Los secretarios, en cambio, creen que el auto de la Audiencia está atribuyendo al juez competencias y funciones propias del secretario al ordenar el trabajo de la oficina judicial. 

Otros letrados de Justicia recuerdan que el auto de la Audiencia es respuesta a un recurso del fiscal, que pidió al juzgado de instrucción 16 la transcripción de unas grabaciones en formato CD. “Si el fiscal quiere las declaraciones por escrito, puede recurrir a sus propios funcionarios”, señalan. 

 Los secretarios consideran que la grabación audiovisual de las comparecencias contribuye a una mayor transparencia, al recoger tanto las respuestas como la forma en que se hacen las preguntas. Algunos han vivido la experiencia de una declaración sin registro audiovisual en la que el compareciente no se expresa con claridad o incurre en contradicciones y entonces el juez decide suspenderla y citarlo para otro día con grabación.  

La Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia, en su comunicado, dice que la solución vendrá por un cambio de mentalidad frente a las nuevas tecnologías y,  al mismo tiempo,  por “dedicar presupuesto y medios suficientes, como es un programa de transcripción de textos simultáneo a la grabación de imagen y sonido. Tal vez tenemos que preguntarnos por qué no se proveen los medios suficientes para la eficacia de la acción de la Justicia”.

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