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Gordillo es condenado por vulnerar los derechos de los ediles socialistas

El gobierno local negó a la oposición la documentación sobre los asuntos a tratar en un Pleno · El TSJA, al que recurrió IU, ha confirmado otro fallo anterior

Juan Manuel Sánchez Gordillo, en una imagen captada en el Parlamento andaluz.
T. P.

Marinaleda, 19 de noviembre 2009 - 05:01

Para el PSOE de Marinaleda se trata de "un serio varapalo" al alcalde, Juan Manuel Sánchez Gordillo (IU), quien "mientras que se erige en adalid de la democracia y la lucha obrera", en su Ayuntamiento impide a la oposición ejercer su labor de la forma prevista en la ley, facilitando la información necesaria.

Ésa es la valoración que hizo ayer el portavoz socialista del municipio de la Sierra Sur, Mariano Pradas, después de que el TSJA haya confirmado una sentencia anterior que condena al gobierno local por vulnerar los derechos fundamentales de los ediles socialistas a participar en los asuntos públicos, tal y como prevé el artículo 23.1 de la Constitución, al negarles la documentación sobre los puntos que se iban a tratar en un Pleno. El fallo del TSJA, fechado el 29 de septiembre, condena además al Ayuntamiento de Marinaleda, que recurrió la primera sentencia ante el Alto Tribunal andaluz, a pagar las costas que ha generado.

El recurso de lo contencioso-administrativo que interpuso en su día el PSOE hace referencia a un Pleno que se había convocado para el 17 de junio de 2008 con el fin de aprobar el plan provincial de inversiones de la Diputación y el Plan de Rehabilitación de Vivienda de la Junta.

Según el relato del PSOE, avalado ahora por los tribunales, un día antes solicitaron la documentación sobre los puntos del orden del día para estudiarla, sin que "les fuera facilitada por cuanto se alegó que no existía". Así las cosas, pidieron el aplazamiento del Pleno, que estaba previsto para las ocho de esa tarde, en 48 horas, algo a lo que accedió el alcalde. Éste, no obstante, convocó con carácter de urgencia otra sesión extraordinaria tan sólo una hora después, a las 21:00, con un único punto en el orden del día: relativo al Plan de Rehabilitación de Vivienda de la Junta, sin que tampoco se le entregara la documentación al PSOE, que finalmente se ausentó de la sesión, cuya notificación se negó a firmar.

Tanto en la sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Sevilla como en la del TSJA se considera que "sí existía la documentación para el Pleno de una hora más tarde", algo que el gobierno local no niega siquiera en su recurso de apelación, que se basa únicamente en las razones de urgencia del punto a aprobar, el del Plan de Vivienda.

En este sentido, Pradas subrayó que el fallo no anula el acuerdo para no perjudicar a terceras personas beneficiarias de las ayudas a la rehabilitación, pero sí censura la forma de proceder del líder de IU y parlamentario andaluz de la formación. El concejal socialista recuerda también que las prisas de Sánchez Gordillo se debieron a que dejó el trámite plenario para el último día que tenía de plazo para hacerlo.

Lejos de tratarse de una situación puntual, el PSOE afirma que estos problemas para ejercer su labor de oposición en el municipio son habituales en el Consistorio. De hecho, tienen en manos de sus asesores legales otros dos plenos en los que se dieron circunstancias similares, para ver si procede también recurrirlas ante los tribunales.

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