Administración local

Interventores municipales al filo del colapso

  • El colectivo denuncia la falta de medios humanos y materiales con la que operan en los ayuntamientos, mientras que el Estado y la Junta siguen aumentado sus funciones

Interventores.

Interventores. / Rosell

Desde la crisis financiera que se desencadenó en las administraciones locales a partir de 2010, los funcionarios de habilitación de carácter nacional que ejercen como interventores han cogido protagonismo. Considerados casi como centinelas en los ayuntamientos, a sus funciones históricas de control interno de la gestión económica-financiera y presupuestaria y contables, la legislación sectorial ha añadido otras muchas, hasta convertirlos en auténticos brazos extensos de la Administración central y la autonómica, incluso de la de Justicia, para el control de los ayuntamientos, sin que a la par se les haya dotado de más medios.

El colectivo advierte que todos esos cambios se están haciendo con un profundo desconocimiento de “la planta” de las administraciones locales en España, donde dominan los municipios pequeños: sólo 17 de los 106 de Sevilla supera los 20.000 habitantes, por ejemplo. Se legisla “de espaldas a aquellas personas” deben hacer cumplir las normas. Aunque la ley habla de la Intervención General Municipal y deja clara la independencia de la misma, ésta está constituida las más de las veces sólo por el interventor, con algún apoyo de carácter administrativo.

Así se pone de manifiesto en un contundente informe del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (Cosital-Sevilla), un colectivo que, a diferencia de otros más numerosos en los municipios, no suele levantar la voz por su situación laboral. Pero sí lo ha hecho ahora para alertar de la tremenda sobrecarga de trabajo que padecen y que va al alza.

Cosital Sevilla tiene intención de poner en marcha diferentes iniciativas con el Consejo Andaluz y el General para que se adopten medidas que alivien lo que consideran una creciente “precariedad laboral” en el sector, que repercutirá en toda la administración.

Lo último ha sido la Ley Andaluza de Lucha contra el fraude y la corrupción, de junio

Aunque esos cambios implican principalmente al Estado, la última ley aprobada y con la que los interventores temen que aumentarán su atribuciones es la Ley 2/2021, de 18 de junio, de Lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, que viene a convertir también a los interventores –según advierten– en un “brazo” de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción –que todavía se debe constituir– para llevar a cabo acciones de investigación e inspección de los actos u omisiones que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción o conflicto de intereses, así como informar a la oficina de los resultados de las actuaciones de investigación e inspección realizadas. Todavía no han recibido instrucciones al respecto, pero la preocupación es grande.

Se suma a otras normativas que además de controlar les obligan a suministrar información periódica al Ministerio de Hacienda: la Ley 38/2003 General de Subvenciones; la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público; la 2/20212 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; o el artículo 5 del Real Decreto 424/2017, 28 de abril, que les obliga a irse a los tribunales competentes si detectan hechos susceptibles de constituir una infracción administrativa o dar lugar a la exigencia de responsabilidades contables o penales, más allá de informar al pleno.

En estas circunstancias, el colectivo tiene varias propuestas que, desde su perspectiva, vendrían a mejorar sus condiciones de trabajo y la solvencia de los propios ayuntamientos. “El fortalecimiento de la intervención conlleva una mayor capacidad de detectar irregularidades”, defienden.

Las propuestas

Así, por ejemplo, apuestan porque se establezcan, también por ley, una dotación mínima de personal administrativo o técnico adscrito a la Intervención municipal; una estructura elemental o un presupuesto básico, en su caso, y en relación al propio presupuesto del ayuntamiento para contratar los medios materiales y la asistencia técnica necesaria.

En esos municipios medianos y pequeños, que son los más numerosos, prácticamente no existen técnicos municipales y las diputaciones provinciales –en el caso de Sevilla a veces intenta cubrir a aquellos núcleos que tienen dificultad para asentar a sus habilitados de carácter nacional– no disponen tampoco de los medios asistencia y colaboración “con la agilidad y fluidez que requiere el día a día de un ayuntamiento”.

Reclaman que se fije por ley una estructura o prespuesto mínimos, acordes a sus funciones

También demandan medidas de eficiencia en el funcionamiento de las administraciones públicas, tan simples en apariencia –pero que inexplicablemente no se han puesto en marcha– como que exista un único programa contable entre la administración local y la del Estado.

De esa forma, los datos se podrían remitir automáticamente, con algún anexo en los programas que evite que tengan que pasarlos en muchas ocasiones a mano, o con pantallazos y en distintas plataformas: desde líneas de presupuestos, el avance de éstos o su liquidación, pasando por los costes de servicios públicos, periodo medio de pago a proveedores, deudas y créditos y un largo etcétera, con decenas de conceptos.

Hilario Hurtado, interventor y miembro de la junta de gobierno de Cosital Sevilla, autor del informe, apunta además como mejora de cara a ese trabajo esencial que hay funciones que se atribuyen ahora a los interventores y que podrían asumir otros profesionales de los ayuntamientos, como la recepción del material de las inversiones o la asistencia a las mesas contratación. Los interventores ya deben fiscalizar los expedientes.

También pone el acento en la necesidad de realizar una “revisión integral de los diferentes procedimientos administrativos” que fija la ley, para lograr mayor agilidad en una era digital y que nada tiene que ver con la forma en la que se debía hacer llegar la información a la ciudadanía en otras décadas.

Cita los procedimientos de aprobación y modificación de las ordenanzas fiscales –procesos más largos y tediosos en la Administración local que en la del Estado o las comunidades autónomas–; incluso para los supuestos en los que sólo se trata de actualizar las tasas con el IPC o las modificaciones presupuestarias, que suponen ahora los mismos trámites que para un presupuesto.

“El papel que debemos desempeñar los interventores municipales es de vital importancia para atender al correcto y legal funcionamiento de las administraciones públicas locales, pero no podemos dejar de considerar los escasos medios materiales y humanos con los que contamos, la existencia de muchos procedimientos basados en la ineficiencia o la continua atribución de funciones que obstaculizan el ejercicio de nuestras funciones básicas esenciales”, subraya el interventor, quien insiste en que estos funcionarios “aman su profesión y creen en la ley” pero necesitan “el apoyo incondicional y efectivo de la Administración del Estado”, la responsable de su selección, formación y habilitación, para superar esas rémoras.

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