Vía Augusta
Alberto Grimaldi
La conversión de Pedro
Esta será la nueva tasa de gestión de la basura que el Ayuntamiento de Sevilla cobrará desde el 1 de abril forzado por una normativa improrrogable. Una familia de cuatro miembros empadronados en la ciudad que vivan en una vivienda de uso residencial con contador de agua individual o colectivo deberá abonar 4,6 euros mensuales más que equivalen a 9,2 euros cada dos meses. Este importe se pagará de forma diferenciada en la factura de agua que Emasesa empezará a cobrar de forma bimensual.
Estos 4,6 euros mensuales resultan de multiplicar la tarifa de 1,15 euros por el número de personas empadronadas en la vivienda, considerándose a todos los efectos un mínimo de una persona empadronada en el inmueble, según el texto de la nueva ordenanza fiscal que aprobará el Ayuntamiento de Sevilla para regular esa tasa.
La ordenanza contempla que las viviendas con suministro de agua “sin control por contador, o que carezcan de suministro, o de red de saneamiento municipal” tendrán que pagar una tasa trimestral cuya cuota fija asciende a 8,27 euros.
Esta nueva tasa de gestión de la basura es para recaudar los 19,6 millones que le costará a la capital andaluza en 2025 seguir llevando más residuos de la cuenta al vertedero, en lugar de separarlos y reciclar en origen. En los años siguientes la tasa se cobrará el 1 de enero y la recaudación por esos doce meses completos es superior: 26,19 millones.
Esta nueva tasa de gestión de la basura es de obligado cumplimiento en España desde este año. Deben implantarla todos los municipios antes del 10 de abril para cumplir la legislación española de residuos y suelos contaminados para una economía circular (Ley 7/2022, de 8 de abril) que traspone la normativa europea (2018/851 de 30 de mayo de 2018) por la que se modificó la Directiva 2008/98/CE sobre residuos.
Esta tasa irá reduciéndose a medida que Sevilla se vaya acercando al objetivo de reciclaje que se marca Europa para 2025. Por el momento estamos muy lejos de lograr el reciclado del 55% de los residuos municipales, del 65% de envases, del 75% de papel y cartón, del 70% del vidrio, del 50% de aluminio, del 50% para el plástico y del 25% para la madera. Y más lejos aún del reto de que solo el 10% de residuos urbanos se lleven al vertedero de aquí a una década (2035).
Lipasam vierte los residuos urbanos en la planta Montemarta-Cónica (Alcalá) que gestiona Aborgase. La mancomunidad de los Alcores, titular de esta planta, estima cada año el importe de toneladas de residuos que se depositarán en la planta de tratamiento que sirven para calcular el impuesto sobre el depósito de residuos, incineración y coincineración de residuos.
La nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios específicos de la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular contempla 10 tarifas diferentes:
En el caso de los locales con actividad comercial, industrial, profesionales artísticas y administativas o de servicios, el importe de la tasa es la suma de una cantidad fija trimestral para cada local o inmueble, en función de la superficie construida, multiplicada por índices en función de la naturaleza de la actividad desarrollada.
La tarifa ascila entre los 15,80 euros por una superficie inferior a 20 m2 hasta los 96,80 euros por locales de 501 m2 en adelante. Esta tarifa hay que multiplicarla por índices de actividad que alcanzan como mucho 1,6. Hablamos de actividades de ocio y hostelería (índice 1,6), financiera y de seguro (índice 1,4) y resto (índice 1).
En el caso de los establecimientos de ocio y hostelería se incluirá dentro de la superficie la correspondiente a terrazas, veladores y otros elementos cuyo establecimiento en la vía pública hubiera sido autorizado por el Ayuntamiento o la Gerencia Municipal de Urbanismo.
La tarifa 3 regula la tasa de residuos para alojamientos turisticos, colegios mayores y residencias de estudiantes, así como apartamentos turísticos y viviendas con fines turísticos. Estos pagarán una cantidad fija trimestral por cada tipo de alojamiento, en función del número de plazas conforme a cinco tramos:
-En calles de 1ª categoría: 2,48€
-En calles de 2ª categoría: 1,99€
-En calles de 3ª categoría: 1,49€
-En calles de 4ª o inferior categoría: 0,99€
La tarifa 4, para los grandes almacenes e hipermercados, está constituido por una cantidad fija trimestral para cada local o inmueble, en función de la superficie construida, conforme a siete tramos. El importe más bajo lo pagarán los de superficie inferior a 1.500 m2 (843,88 euros) y la cantidad más alta lo abonarán los de más de 20.501 m2 (7.594,92 euros).
En la ordenanza que se va a aprobar constan algunos supuestos para reducir la tasa.
Para las viviendas de uso residencial se contemplan tres supuuestos en los que se puede reducir la tasa.
Para los locales, instalaciones, establecimientos o viviendas de uso no residencial se establece un supuesto de reducción por entrega de bolsas biodegradables. Dice el texto de la ordenanza que tendrán derecho a una reducción del 10% de las actividades comerciales que tributen por las tarifas 2ª, 4ª y 5ª de la tasa, cuando entreguen al consumidor final de los productos objeto de su actividad bolsas biodegradables. Esta reducción tiene carácter rogado, debiendo presentarse solicitud de la misma ante la Agencia Tributaria de Sevilla antes del 31 de enero del ejercicio en el que haya de surtir efecto, acompañando declaración personal del sujeto pasivo por la que se comprometa a dicha utilización y entrega gratuita a sus clientes, así como una certificación emitida por una agencia de evaluación acreditada de que las bolsas entregadas a los consumidores cumplen los estándares técnicos de biodegradabilidad.
Europa ha avisado a España en 2018 y 2023 de las sanciones a las que se enfrenta nuetro país si sigue incumpliendo los objetivos de reciclaje y recurso al vertedero para 2025. Si este incumplimiento persiste podría incluso impedir que las entidades locales reciban fondos comunitarios. Así lo indica el texto de la nueva ordenanza fiscal que regulará la nueva tasa de gestión de residuos. en el apartado de antecedentes, donde se dice que “la existencia de la nueva tasa de gestión de residuos podría ser exigida como criterio condicionante para el acceso por parte de las entidades locales a los fondos comunitarios”.
Europa ha dejado claro que la sanción por incumplimiento de los objetivos de reciclaje y vertedero sería repercutida a las Administraciones Públicas responsables y se aplicaría a las entidades locales que no cumplieran con el establecimiento de la tasa que tenga en cuenta el sistema de pago por generación (de residuos) y que no sea deficitaria. Políticamente, sin embargo, el gobierno municipal de Sanz (PP) omite esta advertencia de la Comisión Europea y culpa en exclusiva de la nueva tasa al Gobierno de Pedro Sánchez (PSOE)
Estas son las medidas que debe adoptar Lipasam para la gestión de los residuos municipales que constituyen la base de costes de la nueva tasa.
1. Pagar el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. De los casi 20 millones que se recaudarán este año, 9,88 millones corresponden al nuevo impuesto que penaliza la basura que no se recicla ni separa con el pago de 30 euros por cada tonelada métrica arrojada al vertedero.
2. Pagar los costes de mejora en la separación y depósito de residuos (puntos limpios y ecopuntos).
4. Vigilancia de la recogida, transporte y tratamiento de los residuos (comprobar que los productores iniciales o poseedores de los residuos no comerciales gestionen sus residuos con arreglo a la ley).
5.Campañas de sensibilización para la reutilización, recogida separada, preparación para
la reutilización y reciclado.
6. Costes de las infraestructuras necesarias y su funcionamiento (planta de transferencia y transporte a la planta de tratamiento).
7. Recogida separada de biorresiduos, muebles y enseres, y residuos peligrosos domiciliarios.
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