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Los argumentos del Sevilla en su denuncia contra el Real Madrid

Díaz de Mera mira la protesta de Vinícius durante el Real Madrid-Sevilla.

Díaz de Mera mira la protesta de Vinícius durante el Real Madrid-Sevilla. / Ballesteros / Efe

El Sevilla, pese a las reticencias iniciales del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol, ha conseguido su Comité de Disciplina le abra un expediente al Real Madrid, que es la entidad denunciada, como prestador de los servicios de Real Madrid TV, en cuya programación se incluyeron los vídeos contra los árbitros Díaz de Mera y González Fuertes, designados para el partido del Santiago Bernabéu. LaLiga se ha personado contra el Madrid en el expediente, es un asunto de calado.

El club anunció la noticia una media hora después de que recibiese la notificación con la respuesta del Comité de Disciplina sobre la apertura de expediente al Real Madrid, a mediodía de este jueves 6 de marzo. En la nota oficial del Sevilla se esbozaban someramente cuáles eran los motivos por los que denunció tal práctica.

Los servicios jurídicos del Sevilla entienden que son varios los actos susceptibles de ser sancionados por contravenir el Código Disciplinario de la Federación Española.

En primer lugar, uno muy obvio: el hecho de que se señalen los errores de los árbitros designados antes de los partidos, a priori, tiene la intención de influir en sus arbitrajes. También pesa en el argumentario del Sevilla que con ese señalamiento previo se busca que el sesgo en contra se vuelva a favor del Madrid. Y en tercer lugar, hay un aspecto en el que incide mucho el Sevilla: que sea en un medio de gran difusión como Real Madrid TV, algo que condiciona especialmente los arbitrajes cuando se producen en el Santiago Bernabéu ante 80.000 espectadores previamente "aleccionados". 

En su nota pública, dice el Sevilla que "el club decidió actuar al entender que estas prácticas, que se han venido repitiendo en los últimos tiempos -incluido el partido de la primera vuelta entre ambos equipos-, hacen un grave daño al fútbol español y ponen en tela de juicio la integridad de la propia competición y la honorabilidad del estamento arbitral pero, sobre todo, pretenden influir en los árbitros concretos que actúan en los partidos, ya que los vídeos tratan de crear la imagen de falta de profesionalidad y antimadridismo, justo antes de cada partido, con una enorme difusión a través de la televisión".

"Esto tiene especial repercusión en los partidos que se juegan en el Santiago Bermabéu, ya que las decenas de miles de aficionados del Madrid llegan aleccionados de la existencia de un sesgo de parcialidad antimadridista en los colegiados que van a intervenir, lo que  incrementa la tensión y crea una presión injusta sobre ellos", continuaba la exposición por parte del Sevilla.

Carlo Ancelotti defendió tales vídeos sobre la libertad de expresión. Pero los juristas del Sevilla también entienden que la libertad de expresión tiene sus límites en un Estado de Derecho, y que estos los pone el contenido de lo expresado cuando sobrepasa unos límites y se convierte en injuria o calumnia, que están recogidas como delitos en el Código Penal, así como la coacción inherente a este tipo de actuaciones premeditadas.

En defensa del club de Florentino Pérez, algunos medios afines están difundiendo que Real Madrid TV es otra persona jurídica a Real Madrid C.F. Pero esto no es así y ya lo dejó claro la semana pasada Javier Tebas. "Que yo sepa el CIF con el que se mueve Real Madrid TV es el mismo del club. Es el órgano oficial del club, porque es donde retransmiten los partidos en diferido después de las jornadas. No nos vayamos al tema formalismo. En derecho hace tiempo hay una teoría que es levantar el velo, y levantar el velo es vamos a la realidad", aseguró.

Y así es. LaLiga se ha personado en el expediente abierto contra el Real Madrid a sabiendas de lo que hace. Ya que consta incluso en la web oficial de Real Madrid TV que tiene los mismos datos identificativos que el club de Florentino. En la dirección administrativa de la televisión oficial reza así: "El prestador del servicio es Real Madrid C.F., con domicilio social en la Avenida de Concha Espina, nº 1 de Madrid, España", y con el CIF 28.034.718. Y está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con el número 849. O sea, que el argumento de que son dos personas jurídicas no es válido, falta a la verdad.

El Real Madrid tiene ahora un plazo para alegar de diez días hábiles, a contar desde que el Comité de Disciplina le haya comunicado en el expediente abierto. Y luego debe resolver el Comité de Competición. Es de esperar que tarde en producirse la resolución por las alegaciones de las partes.

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