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El arbitraje español y su entorno, léase el Comité Técnico de Árbitros así como los comités disciplinarios de la Real Federación Española de Fútbol, pasan por uno de los peores momentos de la historia. El nivel del arbitraje ya está bajo mínimos y el caso Negreiracaso Negreira ha sido un torpedo a la línea de flotación de credibilidad del colectivo. En este contexto, cualquier decisión es mirada con lupa por si hay agravio comparativo, que los hay en cada jornada.
Por ejemplo, la sanción confirmada por el Comité de Competición a Pape Gueye hace pensar si no hay prevaricación del juez, jueces en este caso (la presidente Carmen Pérez González y los vocales Pablo Mayor Menéndez y Fernando Sequeira de Fuentes; Alberto Peláez Rodríguez es el Suplente de la presidente), es decir, que hayan fallado en conciencia de que su resolución no se ajusta a los hechos planteados. Porque la redacción del acta de Cuadra Fernández va por un lado distinto a lo que en realidad pasó y Competición se deja llevar por esa visión errónea del árbitro, pese a que las imágenes aportadas por el Sevilla demuestran lo contrario.
El colegiado balear justificó la segunda amarilla que mostró al mediocampista sevillista centrando la acción en una disputa de balón que no existió. Literalmente escribió que lo amonestó por "derribar a un contrario en la disputa del balón de forma temeraria".
Y Competición pasa por alto el error manifiesto de la disputa del balón, que no existe, y se centra en la "forma temeraria" para darle la razón a Cuadra Fernández y quitársela al Sevilla en su pliego de alegaciones.
En las imágenes repetidas se aprecia cómo Pape Gueye "despeja limpiamente el balón", tal y como alega el Sevilla, y posteriormente hay un choque con un contrario producto de la acción del juego. Es Mario Hermoso el que se cruza en el despeje y la bota izquierda de Pape Gueye impacta en la punta de la bota derecha del central atlético, igual que éste golpea con su bota izquierda en la pierna del sevillista, ya que llega bastante tarde a la acción.
Pero Competición, para no desdecir a su árbitro (ambos comités, el de Competición y el Técnico de Árbitros, pertenecen a la Federación Española), se centra en la presunta temeridad de la acción del sevillista. Y por ahí despeja la duda del error manifiesto y pone el foco en el criterio de interpretación, donde el árbitro es el rey. "Es al colegiado al que corresponde, por ser el mejor situado para ello, determinar la posible temeridad de una acción", aduce Competición, obviando la disputa de balón inexistente.
El mismo juez de Competición recuerda en sus fundamentos de derecho con los que argumenta su fallo que "las actas arbitrales gozan de una presunción de veracidad iuris tamtum, que podrá ser, en consecuencia, desvirtuada cuando se pruebe la existencia de un error material manifiesto". Y lo que es completamente erróneo es ver ahí una disputa de balón. Según el DRAE, prevaricación es un "delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta". Y hay que negar la realidad para ver ahí una disputa de balón.
Hasta que no estén desvinculados del patronazgo de la REFE el Comité Técnico de Árbitros y el Comité de Competición y de Apelación no se despejará la duda del corporativismo habitual entre los comités federativos. Pero es que hay tantas dudas actualmente planeando sobre el fútbol español...
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