ACCIDENTE
Al menos 20 heridos tras chocar un autobús de Tussam con un camión en Nervión

Hacienda disipa todas las dudas: los nuevos controles de pagos con Bizum sólo afectan a profesionales y autónomos

Las operaciones realizadas entre particulares no serán objeto de vigilancia fiscal ni tendrán que declararse

El 70% de los españoles adelanta las compras navideñas por el Black Friday

María Jesús Montero, vicepresidenta primera y ministra de Hacienda. / Fernando Sánchez / EP

El Ministerio de Hacienda ha querido lanzar un mensaje de tranquilidad a los ciudadanos ante la inquietud generada por los nuevos controles sobre los pagos electrónicos. Los envíos de dinero entre particulares a través de Bizum, tarjetas u otras aplicaciones similares no estarán sometidos a vigilancia fiscal ni tendrán que declararse, siempre que no estén vinculados a una actividad profesional o empresarial.

Así lo aclara Hacienda en una nota informativa publicada en su web oficial, en la que remarca que solo deberán declararse los cobros percibidos por empresarios y profesionales establecidos en España, quedando expresamente excluidos los particulares que utilizan estas herramientas para gastos cotidianos, como compartir una comida, pagar un regalo o enviar dinero a familiares o amigos.

Qué cambia y qué no para los ciudadanos

La reciente actualización normativa, aprobada el pasado mes de abril, no introduce nuevas obligaciones para los particulares, sino que refuerza los controles sobre la actividad económica profesional. Las entidades financieras, de pago y de dinero electrónico deberán facilitar información mensual a la Agencia Tributaria (Aeat) sobre los cobros realizados por autónomos y empresas, independientemente del importe.

Como novedad, también se incluirán los cobros efectuados mediante sistemas asociados al número de teléfono móvil, como Bizum, pero únicamente cuando se trate de operaciones profesionales. Los pagos entre personas físicas quedan fuera de este control.

Solo en un caso concreto afecta a particulares: las tarjetas que superen un volumen anual de operaciones superior a 25.000 euros, para las que las entidades deberán remitir un informe anual con datos globales de movimientos, sin que ello implique automáticamente una irregularidad fiscal.

Objetivo de la medida

Según la Agencia Tributaria, la reforma busca adaptar el control fiscal a la nueva realidad digital y mejorar la lucha contra el fraude, sin alterar el uso normal de estos sistemas por parte de los ciudadanos. Los primeros datos se remitirán a Hacienda a partir de febrero de 2026, y no supondrán cambios en la fiscalidad de los particulares.

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último