La ciudad y los días
Carlos Colón
Montero, Sánchez y el “vecino” Ábalos
La ola de incendios que afecta especialmente al noroeste de España ha calcinado ya más de 340.000 hectáreas. Así, desde hace casi dos semanas, los servicios de extinción trabajan para apagar los focos todavía activos en las provincias de Ourense, León o Cáceres. En el caso de Andalucía, el pasado incendio de Tarifa (Cádiz) obligó a la evacuación de las viviendas y hoteles situados en la urbanización Atlanterra.
La cercanía de las llamas ponía en riesgo a los residentes, aunque finalmente la situación fue controlada a tiempo. No sucedió lo mismo en el caso de Palacio de Jamuz (León), un pueblo de 93 vecinos cuyas casas ardieron como consecuencia del siniestro forestal. Ante esta realidad, es inevitable preguntarse cómo se pueden reclamar los daños sufridos en circunstancias como esta.
"Los incendios forestales no están considerados un riesgo extraordinario, por lo que los daños ocasionados son cubiertos por los seguros contratados por los afectados", recuerda la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que ha puesto en marcha una campaña para ayudar a estas personas en lo que respecta a las posibles reclamaciones.
Hablamos de uno de los siniestros más graves que puede sufrir una familia porque, además de los daños personales, un incendio tiene el potencial de provocar importantes pérdidas materiales. "Lo primero que debes hacer de cara a la reparación de los daños, es guardar pruebas, como fotos, vídeos, documentos de prensa, etc... que puedan acreditar la causa y consecuencias del siniestro", explica la OCU.
Una vez hecho esto, es preciso ponerse en contacto con la aseguradora privada "para que te ofrezca una primera asistencia, que en incendios de gran magnitud puede consistir en proporcionar un alojamiento provisional y trasladar los bienes que se hayan salvado". Ahora bien, en lo que respecta a las reclamaciones ante el seguro, como decíamos, estos daños no están cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros. No obstante, "la mayoría de los seguros de hogar cubren el riesgo de incendio". No sucede lo mismo en el caso de los vehículos, para los que es preciso contar con un seguro a todo riesgos o a terceros ampliado.
En cuanto a la indemnización que podrían obtener los afectados, lo cierto es que depende de la cobertura que tengan contratada. Por lo tanto, "es necesario revisar las condiciones de la póliza para ver qué daños están cubiertos", prosigue la Organización. Asimismo, la normativa establece que los usuarios tienen hasta siete días para comunincar el siniestro. Cuando se haya puesto en conocimiento de la aseguradora, la compañía dispone de 40 días para peritar los daños y ofrecer la correspondiente "indemnización provisional"; y un máximo de tres meses para pagar la "indemnización definitiva".
En el supuesto de que uno de los afectados por el incendio no esté de acuerdo con la cantidad ofrecida, podrá reclamar a la aseguradora "presentando uno o varios presupuestos detallados de la reparación o construcción", según informa la OCU. Ahora bien, "si la discrepancia se debe a cómo interpreta la póliza la compañía, la reclamación hay que dirigirla primero al servicio de atención al cliente o al departamento equivalente. Y si la respuesta es negativa o no llega en un mes, el consumidor puede optar por acudir al Servicio de Reclamaciones General de Seguros y Fondos de Pensiones, o bien dirigirse directamente (o con posterioridad) a la vía judicial", concluye el organismo.
Temas relacionados
También te puede interesar
Lo último
No hay comentarios