El TJUE dicta que las aerolíneas no deben pagar más por la pérdida de una mascota que por una maleta
El Tribunal de Justicia de la UE dictamina que los animales de compañía no están excluidos del concepto de equipaje en el transporte aéreo
Mazazo a las aerolíneas: el Parlamento Europeo ratifica que es ilegal cobrar por el equipo de mano
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Todo comenzó con la pérdida de una perrita en un vuelo de Buenos Aires a Barcelona en 2019
/ M.G.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que las mascotas que viajan en avión se consideran parte del "equipaje" según el Convenio de Montreal. Esto implica que, en caso de pérdida o daño durante el vuelo, las aerolíneas solo deberán pagar la indemnización prevista para el equipaje facturado, salvo que el pasajero haya declarado un valor especial al registrar al animal. La sentencia surge tras el caso de una pasajera de Iberia que perdió a su perra en un vuelo entre Buenos Aires y Barcelona en 2019.
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