La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Sánchez entra en los templos cuando quiere
El Congreso de los Diputados ha convalidado este martes el real decreto ley aprobado en julio en Consejo de Ministros que amplía los permisos parentales a 19 semanas retribuidas frente a las 16 actuales. Estas se dividen en 17 semanas del permiso de nacimiento que deberán disfrutarse durante el primer año de vida del bebé y otras 2 semanas que corresponden al permiso para el cuidado del menor, a partir del primer año de vida y hasta que el menor cumpla ocho años.
En este sentido, cabe preguntarse: ¿Cuánto entra en vigor esta medida? ¿Quiénes pueden acogerse a ella? ¿Son compatibles con otros permisos? A continuación, respondemos a los principales interrogantes.
El nuevo real decreto modifica el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores para el reconomiento de un permiso por nacimiento y cuidados, que comprende el parto y el cuidado del menor, de 19 semanas de duración tanto para la madre biológica como para el otro progenitor. De estas, es obligatorio disfrutar las seis primeras semanas de forma ininterrumpida inmediatamente después del parto, 10 durante el primer año de vida del bebé y las dos restantes hasta que el menor cumpla ocho años.
En el caso de las familias monoporentales, este permiso se amplía a 32 semanas retribuidas frente a las 26 actuales: las seis primeras de forma inmediatamente posterior al nacimiento, 22 durante el primer año de vida del bebé y cuatro hasta que el menor cumpla ocho años.
El disfrute de las dos semanas adicionales, cuatro en el caso de monoparentalidad, por nacimiento y cuidado del menor, así como la prestación económica correspondiente, podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026 y no requerirá un nuevo reconocimiento del derecho, según recoge el real decreto. Esta nueva medida será de aplicación con carácter retroactivo para los progenitores de menores nacidos desde el 2 de agosto de 2024. Estos permisos se aplicarán de manera análoga en los supuestos de adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento.
La ampliación de los permisos parentales se acumula al de otros permisos, como el de lactancia. Este consiste en una hora de ausencia del trabajo, o la posibilidad de acumularlo en jornadas completas, hasta que el menor cumpla nueve meses.
Por otro lado, las personas trabajadores tienen derecho a ausentarse del trabajo sin pérdida salarial durante 5 días para el cuidado efectivo del cónyuge o pareja de hecho, parientes de hasta el segundo grado por consanguinidad o cualquier otra persona que conviva en el mismo domicilio en caso de accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención que precise reposo domiciliario.
Asimismo, los progenitores podrán disfrutar adicionalmente del permiso para el cuidado de menores hasta que el menor cumpla ocho años, con carácter no retribuido. Este permiso tiene una duración de ocho semanas, continuas o discontinuas, que pueden disfrutarse a tiempo completo o en régimen de jornada parcial.
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