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El SEPE permite conocer cuánto paro acumulado tienes: estas son las cuantías y la duración máxima de la prestación

El paro acumulado puede variar en el caso de aquellos trabajadores que suspendieron el cobro de la prestación al firmar un nuevo contrato de trabajo

Confirmado por el SEPE: los desempleados que encuentren trabajo cobrarán de oficio una ayuda, pero consumirá días de paro si no la suspenden

El derecho a la prestación contributiva por desempleo se genera al perder un trabajo de forma voluntario y haber cotizado durante el periodo mínimo exigido. / Europa Press

La prestación ontributiva por desempleo, comúnmente conocida como paro, es un derecho al que pueden optar los trabajadores que hayan perdido su empleo de forma involuntaria y hayan cotizado un mínimo de 360 días. Un dato que muchos de los potenciales beneficiarios desconocen es que existe la posibilidad de consultar el paro acumulado a través de la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Los trabajadores pueden consultar el estado de su prestación por desempleo en el apartado 'Consultas de la Prestación' de la sede electrónica del SEPE, al que se puede acceder a través de este enlace. Para consultar la información relativa a los datos personales, solicitudes, última prestación, recibo de nóminas y denegaciones es necesario identificarse con certificado digital, DNI electrónico, usuario y contraseña obtenido a través del sistema Cl@ve, o bien mediante un pin al teléfono móvil.

En cualquier caso, también es posible calcular la cuantía de la prestación por desempleo en base a lo dispuesto en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). A continuación, lo explicamos en detalle.

¿Cómo se calcula la cuantía del paro y durante cuánto tiempo se cobra?

El artículo 270 de la LGSS establece que la cuantía de la prestración por desempleo será el promedio de la base de las cotizaciones por las contingencias por desempleo por la que se haya cotizado en los últimos 180 días:

En caso de haber tenido contratos a tiempo parcial en los seis meses anteriores, la base reguladora y la cuantía máxima de la prestación se calcularán en base al promedio de la jornada realizada. Se excluyen de este cálculo la retribución por horas extraordinarias. Asimismo, se establecen las siguientes cuantías máximas:

Por su parte, la duración del paro se determina en función de los periodos de cotización de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Cabe recordar que el periodo correspondiente a las vacaciones anuales no disfrutadas antes de finalizar la relación laboral también computa para el cálculo de esta duración, con arreglo a la siguiente escala:

¿Qué ocurre con el paro al encontrar un nuevo trabajo?

Es posible acumular los periodos de cotización generados en distintos puestos de trabajo a lo largo de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo, siempre y cuando no hayan sido utilizadas para reconocer un derecho anterior. Por tanto, al encadenar varios contratos de trabajo sin haber solicitado el paro entre ellos, todas esas cotizaciones se tienen en cuenta para calcular la cuantía de la prestación.

Ahora bien, en caso de que un trabajador haya estado cobrando el paro y lo interrumpa para empezar un nuevo empleo, la normativa distingue entre los siguientes casos:

En estos casos, al finalizar el contrato el trabajador podrá optar entre cobrar el paro pendiente al que tenía derecho en un inicio o percibir la nueva prestación generada por las nuevas cotizaciones. De elegir la primera opción, las cotizaciones del último trabajo que generaron el derecho a la prestación rechazada no se computarán para un derecho en el futuro.

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