Caso Aznalcóllar

Emerita pierde otra denuncia por falsedad documental en relación con la mina de Aznalcóllar

  • La empresa perdedora del concurso de la mina denunció a funcionarios de la Junta, al ex secretario general y a dos funcionario de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG)

La corta minera de Aznalcóllar.

La corta minera de Aznalcóllar. / Antonio Pizarro

La Audiencia de Sevilla ha confirmado el archivo de la denuncia presentada por Emerita, la empresa perdedora del concurso para la reapertura de la mina de Aznalcóllar, en la que acusaba de delitos de falsedad documental a los funcionarios de la Junta de Andalucía que formaron parte de la mesa de contratación y a dos funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG). Emerita también acusó de falsedad al que fuera secretario general de Innovación y ex presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Fernández, en relación con un informe emitido en agosto de 2015.

El juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla acordó en diciembre de 2019 el archivo de esta nueva denuncia, que se produjo de forma paralela a la investigación del denominado "caso Aznalcóllar", al estimar que no existía "dato indiciario alguno del que se pueda deducir la comisión de delito alguno", y ahora la Sección Primera de la Audiencia, en un auto que tiene fecha del pasado 30 de junio, ha ratificado el archivo de esta denuncia.

Emerita considera que existía supuestamente falsedad documental en el informe emitido el 27 de agosto de 2015 por el entonces secretario General de Innovacion, Industria y Energía, Viente Fernandez, pero "el informe lo que contiene es la mera afirmación de que la adjudicataria del concurso fue Minorbis SLU y que la aceptación de la adjudicación se ha realizado por Mineria Los Frailes, cuyos socios son la licitadora Minorbis y Grupo México, como integradora de la solvencia de Minorbis SLU, por medio de una de las empresas de este Grupo empresarial".

Emerita también denunció a dos funcionarios de la CHG por un informe pericial sobre el tratamiento de aguas de los proyectos licitadores, fechado el 26 de julio de 2017, considerando que era falso, algo que la Audiencia rechaza al afirmar que "no existen indicios de la comisión por los investigados de los delitos imputados, más allá de los hechos seguidos en el juzgado de Instrucción número 3 de Sevila, y en este sentido, recuerda que la Sección Séptima -que resuelve los recursos dictados en el caso Aznalcóllar, recoge todos los extremos referidos, "tanto respecto a la determinación del licitador como respecto a la solvencia económica y las condiciones para acreditarla y si dicha solvencia fue acreditada por la licitadora".

La Audiencia concluye que "no constan indicios suficientes de la falsedad y demás delitos imputados por las razones esgrimidas en el auto, con criterio que compartimos, entendiendo que es en el Juzgado de instrucción número 3 de Sevilla, donde se tramitan las diligencias relativas a la adjudicación de la que devienen los hechos objeto del presente procedimiento", por lo que desestima el recurso de Emerita y confirma la decisión del juzgado de archivar esta denuncia.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios