La ciudad y los días
Carlos Colón
Montero, Sánchez y el “vecino” Ábalos
Un juzgado de lo Penal de Sevilla ha condenado a tres personas que regentaban un club de fumadores de Pino Montano donde la Policía destapó un punto de venta de marihuana. La sentencia absuelve a un cuarto acusado, al considerar que en su caso el delito ha prescrito puesto que se le tomó declaración por primera vez cuando la causa judicial había finalizado, al haber transcurrido un año de la instrucción sin que se hubiese acordado la prórroga de la misma.
La sentencia del juzgado de lo Penal numero 6, a la que ha tenido acceso este periódico, declara como hechos probados que en diciembre de 2020, dos de los ahora condenados constituyeron un club social cannábico cuyo objeto era el de "impartir cursos y ofrecer charlas informativas sobre los efectos medicinales positivos que tiene el consumo de cannabis, recogiéndose expresamente en su acta fundacional que la misma no tenía por objeto el cultivo o el favorecimiento del consumo de dicha sustancia".
Dice el fallo que desde una fecha sin concretar, pero al menos desde el mes de abril de 2021, los acusados utilizaron el local de la asociación, ubicada en Pino Montano, como punto de venta de sustancias estupefacientes, "suministrando a los socios la droga que adquirían de terceros no identificados para que estos, bien la consumieran directamente en el local, bien para que la sacaran fuera del mismo, con lo que la droga quedaba fuera del control de la asociación, con el fin bien de consumirla pesonalmente o de proporcionársela a terceras personas, que sin pertenecera a la asociacion accedían a la misma con el fin de adquirirla".
De esta forma, sobre las 17:45 horas del 14 de abril de 2021 acudió al local uno de los acusados, acompañado de un menor de edad, saliendo a los pocos minutos y entregando al menor un trozo de hachís. A las 18:40 del día 16 de abril se presentaron en el establecimiento dos personas, quienes salieron con un porro y una bolsa conteniendo la misma sustancia, así como con dos bolsas de marihuana, sustancia todas que acababan de comprar en la asociación.
A raíz de las vigilancias policiales y estas incautaciones, se acordó llevar a cabo la entrada y registro del local de la asociación, que dio lugar a la intervención de documentación, así como de una báscula de precisión y una balanza pequeña, dos navajas, una libreta con "anotaciones sobre los morosos", y distintas cantidades de hachís. También hallaron 19 botes conteniendo marihuana, tres botes con porros ya confeccionados, y casi 2.000 euros entre monedas y billetes en efectivo.
El total del hachís intervenido tenía un peso de 317 gramos, con un 39,97% de THC, con un valor en el mercado ilícito de 2.150,03 euros. La marihuana decomisada tiene un peso neto de 530 gramos, con un 12,36% de THC y un valor de 3.424,42 euros. En cuanto a los porros, tenían un peso neto de 5,74 ramos y estaban valorados en 11,52 euros.
La sentencia condena a dos de los acusados, los que crearon la asociación, como autores de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que "no causan grave daño a la salud", a la pena de un año de prisión y al pago de una multa de 5.574 euros, mientras que otro de los acusados ha sido condenado también a un año de cárcel y al pago de una multa de 15 euros.
El juicio no llegó a celebrarse porque los acusados que han sido condenados mostraron su conformidad con los hechos y en cuanto al acusado que ha sido absuelto, la propia Fiscalía se adhirió a la petición de la defensa. Por ello la sentencia impuesta es ya firme, dado que contra la misma no cabe recurso alguno, al tratarse de una conformidad, y la juez ha acordado la suspensión de las penas de prisión con la obligación de que los acusados no vuelvan a cometer ningún delito en los próximos dos años.
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