Vía Augusta
Alberto Grimaldi
La conversión de Pedro
El caso de los ERE
Nuevo giro, el enésimo en el caso de los ERE. La Audiencia de Sevilla cree que las sentencias del Tribunal Constitucional que ampararon a una decena de ex altos cargos de la Junta de Andalucía en el caso de los ERE, entre ellos los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, pueden no ser compatibles con el Derecho de la Unión Europea.
Así lo expone una providencia dictada por los cincos miembros de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que conforman la nueva Sala que debe dictar, de acuerdo con las sentencias de la Corte de Garantías, las nuevas sentencias en el caso de los ERE. "Este Tribunal no puede dejar de lado la posibilidad de que las valoraciones que hace el Tribunal Constitucional en esas sentencias, que le llevan a entender que esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla y la Sala Segunda del Tribunal Supremo han vulnerado el derecho a la legalidad penal de los recurrentes en amparo, no sean del todo compatibles con el Derecho de la Unión".
Por ello, la Sala ha dado un plazo de diez días a las partes personadas en la pieza del denominado "procedimiento específico" de los ERE para que puedan hacer alegaciones sobre el "posible planteamiento de una cuestión prejudicial de interpretación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea" conforme a los artículos 2 y 19 del Tratado de la Unión Europea y otras normas como la jurisprudencia del propio TJUE.
En la providencia, la Sala señala que, "atendida la incidencia que el derecho de la Unión Europea proyecta sobre este asunto en particular", es necesario recabar la opinión de las partes, es decir, de la Fiscalía Anticorrupción, las acusaciones y las defensas, en relación con la interpretación de los siguientes aspectos, que divide en cuatro apartados:
La providencia de la Audiencia concluye que, como la finalidad de la presente resolución, "es decidir si procede o no el ulterior planteamiento de una cuestión prejudicial, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia no cabe recurso contra la misma", advierte el escrito que firman los jueces Pilar Llorente, Encarnación Gómez, Francisco de Asís Molina, Juan Jesús García Vélez y Patricia Fernández Franco.
Fuentes del caso han señalado a este periódico que, en el supuesto de que finalmente la Audiencia hispalense planteara esa cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la resolución de estas sentencias se retrasaría durante años, puesto que primero el Alto Tribunal europeo debe decidir sobre si admite o no la cuestión y, una vez admitida, tarda varios años en resolverla.
¿Y qué pasa mientras con los ex altos cargos que fueron condenados y recibieron el amparo del Tribunal Constitucional? Pues quedarían a la espera del dictado de estas sentencias, es decir, ahora mismo no serían culpables de los delitos de prevaricación y malversación por los que fueron condenados inicialmente, puesto que la corte de garantías, al estimar sus recursos, ordenó a la Audiencia de Sevilla el dictado de una nueva sentencia atendiendo precisamente a los razonamientos fijados en esos fallos.
El Tribunal Constitucional desmontó el caso de los ERE y puso a cero el marcador. Las sentencias del Constitucional que se conocieron desde junio del año pasado acabaron por dinamitar las tesis que desde hace 13 años habían sostenido la juez Mercedes Alaya, que en su día inició la investigación, los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, la Fiscalía Anticorrupción y los primeros abogados de la acusación popular que ejerce el PP. La corte de garantías amparó también a los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, el primero condenado a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación, y el segundo, condenados a seis años y dos días de cárcel por malversación.
Los casos de Griñán y Chaves son exactamente similares a los de los ex consejeros Francisco Vallejo, Carmen Martínez Aguayo y Magdalena Álvarez. En el caso de Vallejo y Aguayo, las sentencias de la corte de garantías los absuelven íntegramente de la malversación, delito por el que no podrán volver a ser condenados, y a Magdalena Álvarez también se le ha reducido la condena por prevaricación, algo que también sucederá en el caso de Griñán. El Constitucional también exoneró totalmente al ex director de la agencia Idea Miguel Ángel Serrano Aguilar, al que se anuló su condena de prisión e inhabilitación. De esta forma, el tribunal anula íntegramente la condena por malversación de Griñán y ordenó reducir la pena impuesta por prevaricación, que podría haber prescrito.
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