Condenado por espiar y abusar de la hija de su pareja durante una década en Sevilla
El TSJA ratifica la pena de cinco años y dos meses que la Audiencia impuso a Francisco L.L., que instaló una cámara en el cuarto de baño y violó la intimidad de la joven a través de un pomo roto
El TSJA confirma la condena de 15 años de cárcel a un matrimonio por agredir sexualmente a sus dos hijas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de más de cinco años de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un hombre por abusar de la hija de su pareja y espiarla durante una década. Los hechos comenzaron cuando la víctima tenía nueve años y concluyeron después de que cumpliera diecinueve.
El caso fue juzgado por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que dictó sentencia el 22 de abril de 2024. Ahora, en otra sentencia fechada el 26 de noviembre, el TSJA desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Francisco L.L. y confirma íntegramente los términos de su condena, que es de cinco años y dos meses de prisión por un delito continuado de abuso sexual, cinco años de libertad vigilada y la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de la víctima y comunicarse con ella durante diez años, así como nueve años y dos meses de inhabilitación especial para cualquier trabajo que conlleve contacto con menores. Por último, debe indemnizar a la joven con 10.000 euros.
La Audiencia consideró probado que Francisco L.L. empezó en octubre de 2006 una relación de pareja con la madre de la víctima, que en ese momento tenía nueve años. "Aprovechando que convivieron en los mismos domicilios", en concreto dos, así como "la confianza derivada de esta circunstancia y la ascendencia que tenía sobre la menor por el vínculo análogo al matrimonio con su madre", el acusado "comenzó realizar diversas conductas de contenido sexual". La primera que citaba la sentencia fue "instalar en el baño una cámara de vídeo para grabarla, así como observarla". Pero no sólo la espiaba así. También lo hizo "a través de un agujero del encaje del pomo de la puerta que estaba roto o de la rejilla inferior". Y después le hacía "comentarios sobre su cuerpo, y en concreto sobre sus pechos".
El encausado no se quedó ahí. También "se exhibía desnudo y luego en calzoncillos delante de ella" y, para colmo, solía "acceder de forma frecuente a la habitación" de la menor, donde "retirándole la sábana" le efectuaba distintos "tocamientos".
La Audiencia, por último, reflejó que Francisco L.L. perpetró "algunas de estas conductas de hostigamiento con contenido sexual" en la casa de la abuela materna.
Como consecuencia de estos hechos, la joven "ha sufrido un importante sufrimiento emocional de larga evolución que, junto con otras circunstancias por ella vividas, la llevó a un intento de autolisis cuando tenía dieciséis años". En la actualidad padece "un daño psíquico en su estado anímico con recomendación de atención terapéutica".
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