La familia de Carlos Parra pide a la Fiscalía que recurra el tercer grado de Ortega Cano
Considera que el torero no se ha arrepentido al no reconocer que iba bebido y "no ha pagado ni un euro" de la indemnización.
La viuda de Carlos Parra, Manuela Gurruchaga, y sus familiares han hecho público este lunes un comunicado en el que muestran su "desacuerdo" con la decisión de la Secretaría de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de conceder el tercer grado al torero José Ortega Cano y ha pedido a la Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria de Zaragoza que recurra dicha decisión porque, entre otros motivos, considera que el diestro no ha mostrado su arrepentimiento al no reconocer que iba bebido, circulaba a velocidad excesiva y conducía de forma temeraria la noche del accidente y además "no ha pagado ni un euro" de la indemnización. La familia entiende que hay un "agravio comparativo" con el resto de la población reclusa y recuerda que en caso como el del ex presidente balear Jaume Matas le fue revocado el tercer grado.
La familia explica en el comunicado que si bien el tercer grado puede concederse si se ha cumplido la cuarta parte de la condena, exigencia que se cumple, la Ley General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario, también exigen otros requisitos que "no se dan en el caso del señor Ortega Cano". Así, la nota recuerda que "se tendrá en cuenta la gravedad de los hechos delictivos y las consecuencias del delito. D. Carlos Parra falleció a causa del accidente y la imprudencia fue muy grave".
También se tendrá en cuenta el abono de las indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil, y en el presente caso, "sólo han pagado la cantidad indemnizatoria establecida en sentencia las compañías de seguro, pero el señor Ortega Cano no ha pagado ni un euro, cuando la ley le permite hacerlo en concepto de reparación parcial del daño".
Para la concesión de este beneficio también se valora el arrepentimiento y la asunción de los hechos por parte del penado. "Ortega Cano a día de hoy no ha reconocido los hechos por los que fue condenado: que iba conduciendo bajo los efectos del alcohol, que superaba la velocidad máxima permitida y que iba conduciendo temerariamente", asegura.
Dice la familia que para el tercer grado, se tendrá en cuenta la extensión de la pena. "La condena es de 2 años y 6 meses de prisión, y ha cumplido poco más de 1 año".
Aparte de estas consideraciones, "debe tenerse en cuenta que de la pena que corresponde al delito de homicidio imprudente en concurso con dos delitos contra la seguridad vial (de 2 años y medio a 4 años), sólo se le impuso la pena de 2 años y medio, es decir, la pena mínima. Y si de ésta no va a cumplir ni la mitad, se estaría incumpliendo lo dispuesto por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla en sentencia firme".
Por último, la familia entiende que "existe un agravio comparativo con la situación de los demás internos en los Centros Penitenciarios de España, ya que si se analizaran las peticiones de tercer grado y las concesiones del mismo que otorga Instituciones Penitenciarias, en muy pocos casos y en las circunstancias del señor Ortega Cano o similares, se ha concedido el mismo. Es más, hay muchos casos conocidos, como el del señor Matas, ex presidente del Gobierno Balear, con condena de 9 meses de prisión, en los que se ha revocado el Tercer Grado a instancia del Ministerio Fiscal".
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