El Supremo confirma la tasación como no urbanizable de un terreno expropiado en Gelves para la esclusa de Sevilla

Ratifica la sentencia del TSJA de 2010 en la que se dictaminaba que la parcela no estaba integrada en la "malla urbana".

Efe

Sevilla, 11 de junio 2013 - 16:46

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la ex propiación de un terreno en Gelves para la nueva esclusa del puerto de Sevilla y ha confirmado la decisión de la Autoridad Portuaria de pagar su precio como suelo no urbanizable.

El Supremo confirma en una sentencia la decisión del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, que en junio de 2006 acordó pagar el suelo expropiado en Gelves como no urbanizable. La propietaria pidió que fuese tasado según los parámetros para suelo urbanizable, en aplicación de la doctrina jurisprudencial sobre sistemas generales que crean ciudad.

El TS confirma la interpretación hecha por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el año 2010 y dice que el terreno "no se integra en la malla urbana, ni es condición necesaria para la expansión de la misma" y además la tasación alternativa aportada por un perito de la interesada era "muy imprecisa". El alto tribunal también rechaza que el acuerdo del Jurado no identificase bien las fincas utilizadas como referencia para la comparación que condujo a la valoración del terreno expropiado.

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