Sevilla blinda la seguridad de la Semana Santa 2026: Urbanismo ordena la retirada inmediata de obstáculos y regula el alumbrado
La Gerencia ha publicado un edicto crucial para garantizar la movilidad y la seguridad durante la próxima Semana Santa y Feria de Abril, estableciendo multas que podrían alcanzar los 120.000 euros para quienes incumplan las normativas de ocupación de la vía pública
El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, ha puesto en marcha un dispositivo administrativo y operativo de gran alcance para asegurar que las próximas Fiestas de Primavera transcurran con las máximas garantías de seguridad. Ante la previsión de una afluencia masiva de público, especialmente en el Conjunto Histórico Declarado, se ha emitido una resolución que obliga a la limpieza visual y física de las calles que forman parte de los itinerarios de las hermandades y las zonas de influencia de la Feria de Abril. Las infracciones pueden ser castigadas con multas de hasta 120.000 euros
El eje central de esta medida es el cumplimiento de los Planes Específicos de Coordinación tramitados por el área de Seguridad Ciudadana. El objetivo primordial es que las zonas afectadas mantengan despejadas las vías de evacuación y de acceso para los servicios de emergencias. Por ello, se ha ordenado a los servicios municipales la retirada inmediata, tanto en los días previos como durante la celebración, de cualquier elemento instalado en la vía pública que carezca de licencia o que suponga un obstáculo.
Esta orden afecta especialmente a los medios auxiliares de obra, tales como cajones, cubas y andamios, así como a los puestos de venta ambulante y las terrazas de veladores. La administración recuerda que la colocación de cualquier elemento en suelo de dominio público sin autorización previa constituye una infracción urbanística grave.
Control sobre el comercio: toldos, rótulos y pantallas
La normativa no sólo se limita al suelo, sino que se extiende a las fachadas de los edificios. Los titulares de toldos, anuncios y rótulos publicitarios perpendiculares a la fachada están obligados a abatirlos o desmontarlos durante el paso de las cofradías. El incumplimiento de esta instrucción podría derivar en la retirada subsidiaria por parte del Ayuntamiento y la revocación de las licencias concedidas.
En cuanto a la contaminación lumínica y la estética de las celebraciones, el edicto es tajante: los locales con escaparates, pantallas digitales y rótulos luminosos deberán mantenerlos apagados durante el paso de las cofradías. Además, se hace hincapié en el cumplimiento del Decreto 37/2025 de la Junta de Andalucía, que prohíbe anuncios luminosos en horario nocturno (de 23:00 a 06:00), permitiendo únicamente aquellos que cumplan una función informativa de servicios activos.
Sanciones y recuperación de elementos retirados
El rigor de estas medidas se refleja en el régimen sancionador. Las infracciones pueden ser castigadas con multas de hasta 120.000 euros. Las autoridades locales han invocado su potestad para recuperar la posesión de los bienes de dominio público y eliminar cualquier barrera arquitectónica o urbanística que comprometa la accesibilidad universal.
Para aquellos propietarios cuyos bienes sean retirados por los servicios municipales, el edicto establece un procedimiento de recuperación. Se concede un plazo de diez días desde la fecha de la retirada para manifestar por escrito la voluntad de recuperar los objetos en los Almacenes Municipales. Para ello, los interesados deberán abonar previamente los costes derivados de la retirada. Si transcurrido ese plazo no hay reclamación, se entenderá que el propietario renuncia a los elementos, autorizando a la Gerencia a trasladarlos a un vertedero o centros de reciclaje.
Esta resolución se apoya en un sólido marco jurídico que incluye la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) y la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, entre otras. Las medidas son de aplicación estricta en el Conjunto Histórico Declarado, en las vías de tránsito de las cofradías y sus zonas de influencia, así como en todas las calles afectadas por la Feria de Abril.
Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, junto con los servicios municipales, tienen plena potestad para adoptar medidas de retirada inmediata por razones de seguridad e interés general. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los ciudadanos afectados podrán interponer un recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo en el plazo de un mes.
Con este edicto, Sevilla busca equilibrar el disfrute de sus Fiestas Mayores con el orden público y la seguridad ciudadana, garantizando que el patrimonio y la movilidad urbana no se vean comprometidos por instalaciones irregulares.
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