La Fiscalía no aprecia delito en los gases del colegio Poetas Andaluces
Pide al juez que archive la causa después de que se haya descartado el riesgo para la salud
La Fiscalía de Medio Ambiente de Sevilla ha solicitado el archivo de la causa abierta por los posibles gases tóxicos detectados en el colegio Poetas Andaluces, en Montequinto, tras la denuncia a finales de 2011 de un grupo de padres que aseguraron que medio centenar de niños había sufrido diversas dolencias que atribuían al naftaleno, material que estaba presente en una de las cubiertas del edificio.
La Fiscalía ha concluido, después de haber recabado una serie de informes técnicos, que por el momento no se aprecian "elementos suficientes que justifiquen la existencia de un delito medioambiental imputable a persona determinada". Para llegar a esta conclusión, el fiscal ha tenido en cuenta una serie de informes realizados durante la investigación judicial, entre ellos uno elaborado por una farmacéutica del Servicio Andaluz de Salud (SAS), que uso de manifiesto que comparando las mediciones obtenidas de concentración de naftaleno, resulta que "la exposición diaria es 160 veces inferior al valor límite de exposición principalmente por inhalación de agentes químicos". Según este informe, la información disponible "no es suficiente como para considerar que los alumnos y profesores estén afectados por concentraciones tóxicas de naftaleno, pero sí que generan olor desagradable y de considerable intensidad que causa malestar", por lo que recomendaba que se adoptaran medidas para evitar la emisión de gases.
Junto a este informe, la Fiscalía ha tenido en cuenta otro emitido por los técnicos del centro de Prevención de Riesgos Laborales, que llegó a la conclusión de que el hecho de que se haya detectado por el olfato la presencia del gas "no significa que su concentración implique un grave riesgo para la salud, pues la concentración límite de exposición laboral diaria respecto del naftaleno es de 53 mg/m3", lo que supone una concentración "7.571 veces superior" a la que se midió en las instalaciones escolares, que es de 0,326 mg/m3. Esta medición, aclara el informe, es 46 veces superior al umbral olfativo, por lo que "sin duda alguna y ello no es negado la presencia del contaminante era apreciada por todas las personas que se encontraran en las instalaciones del colegio".
La Fiscalía advierte que ese resultado no bosta a que "no se considere justificada la exposición a los gases mencionados en cuanto se trata de una situación molesta que no deben soportar los trabajadores y alumnos del centro, recomendando proceder a la eliminación o aislamiento del material asfáltico de la cubierta por ser la fuente de contaminación, pero sin que de ello quepa colegir que nos encontremos ante un delito medioambiental" en los términos que exige el artículo 325 del Código Penal, por cuanto uno de sus requisitos sería la existencia de un riesgo para la salud que los técnicos aseguran no se ha producido.
El Ayuntamiento de Dos Hermanas certificó que en la reparación de la cubierta, en el año 2006, se utilizó el material denominado Polibreal -compuesto por naftaleno y metilnaftaleno-, y posteriormente, en verano de 2011, se procedió al sellado de la cubierta una vez detectados los olores.
La Fiscalía de Medio Ambiente de Sevilla ha pedido ahora el archivo, sin perjuicio de que se pueda solicitar la reapertura si se aportan nuevos datos que puedan justificar que se ha cometido un delito.
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