Los prejubilados del ERE de Mercasevilla recurrirán ante el Constitucional la sentencia del TSJA
El Alto Tribunal andaluz decretó la nulidad del expediente de 2007 y falló que los ex trabajadores sólo tenían derecho a indemnizaciones de 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades.
El colectivo de ex trabajadores prejubilados a través del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) acordado en 2007 por la sociedad mixta Mercasevilla ha encomendado a los abogados de los sindicatos, que recurran ante el Tribunal Constitucional (TC) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ratifica a esta empresa como "única responsable del pago de las indemnizaciones reconocidas", declarando de nuevo la "nulidad" del ERE en cuestión y zanjando que los prejubilados sólo tienen derecho a indemnizaciones de 45 días por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades".
Diego Correa, del comité de empresa de Mercasevilla, ha informado de que a cuenta de esta sentencia emitida el 30 de octubre por el Alto tribunal andaluz, el colectivo de ex trabajadores de Mercasevilla prejubilados mediante el ERE de 2007 ha celebrado una reunión con los abogados de las uniones provinciales de CCOO y UGT, al objeto de analizar la impugnación de la citada resolución judicial. "La sentencia se va a recurrir", ha dicho Diego Correa, quien recuerda que en estos momentos, estos ex trabajadores "no cobran nada" de Mercasevilla al decidir ya la empresa el pasado mes de junio suspender los pagos asociados a la póliza de seguro de rentas del expediente de regulación de empleo de 2007.
Dicha decisión derivaba de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa a la de octubre, que merced a la reclamación de uno de estos prejubilados ante el Juzgado de lo Social número cinco sobre "los importes devengados y no percibidos entre diciembre de 2009 y noviembre de 2010", consideraba "nulo y fraudulento" dicho expediente de regulación de empleo.
La sentencia, en ese sentido, detalla que las indemnizaciones de todos los trabajadores afectados por el ERE, a razón de 45 días por año y un máximo de 42 mensualidades, suman 2,5 millones de euros frente a los más de nueve millones de euros contemplados en el ERE de 2007, cuantía que incluía el coste de las pólizas de seguro de rentas y de las "comisiones". Y es que los acuerdos del ERE, según la sentencia, "resultan totalmente desmesurados por superar con mucho las indemnizaciones previstas para los supuestos de extinciones contractuales por despido improcedente, máxima indemnización legal prevista". En ese sentido, cita la sentencia un fallo previo de la misma sala, fechado en mayo de este año, que señalaba ya que el acuerdo alcanzado entre la empresa y la representación de la plantilla para el ERE de 2007 "constituye un auténtico abuso de derecho y un fraude de Ley", toda vez que la Consejería de Empleo "no ha controlado debidamente las condiciones pactadas".
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