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El juez deniega la demanda de Del Nido Benavente de medidas cautelares para la Junta de Accionistas

14 de febrero de 2020: Del Nido y  Castro ante Vizcaíno en la presentación del libro 'Nunca se rinde'.

14 de febrero de 2020: Del Nido y Castro ante Vizcaíno en la presentación del libro 'Nunca se rinde'. / Víctor Rodríguez

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2º) ha denegado la demanda de medidas cautelares solicitada por José María del Nido Benavente con vistas a la Junta General de Accionistas del Sevilla Fútbol Club Sociedad Anónima Deportiva que se celebrará el próximo día 26 de octubre, según una sentencia del día de hoy a la que ha tenido acceso Diario de Sevilla.

En su parte dispositiva, la resolución establece lo siguiente:

"DENIEGO la solicitud de adopción de medidas cautelares inaudita parte presentada por la representación procesal de don José María D. N. Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de SEVILLA (artículos 736.1 y 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla (artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)".

La interpretación de la sentencia por personas cercanas al consejo de administración del Sevilla considera que el juez Juan Francisco Santana Miralles, titular que ocupa plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, considera que "la medida cautelar que piden es procesalmente inadmisible, ya que las cautelares se contemplan en la Ley de Enjuiciamiento Civil para asegurar el cumplimiento de sentencias en procedimientos judiciales, en los que el transcurso del tiempo puede llegar a hacer inejecutables y por lo tanto, peligrar su eventual cumplimiento".

Las mismas fuentes insisten que "esta medida que piden es para lo contrario, para que, si se estima, no se presente un procedimiento, lo cual es procesalmente contradictorio con el propósito de las medidas cautelares". Además, esta interpretación de la resolución judicial considera que "la concreta medida que piden nunca podría concederse (el que la Junta la presida un juez o un letrado de la administración de justicia) porque hay reiterada jurisprudencia sobre que no existe ninguna previsión legal para ello".

Este auto del juez de lo Mercantil llega después de que José María del Nido interpusiera varias demandas contra el Sevilla y sus máximos representantes en el consejo de administración, es decir, el presidente José Castro y los vicepresidentes José María del Nido Carrasco y Gabriel Ramos, solicitando medidas cautelares.

En su demanda, Del Nido pedía que la Junta fuera presidida "por Su Señoría, o bien por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia; o, alternativamente, por el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, el Delegado del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía para la Sede de Sevilla o, en otro caso, por el profesional o representante institucional que Su Señoría designe; a fin de que, de este modo, se garantice el escrupuloso y correcto ejercicio de las facultades que corresponden al Presidente de la Junta". 

Asimismo, solicitaba el uso de su voto en representación de la "totalidad de sus acciones". Concretamente, la demanda que Del Nido interpuso en la segunda semana de octubre, solicitaba que él, como accionista, "asista y ejerza libremente su derecho de voto, en el sentido que considere conveniente, respecto de la totalidad de las acciones que titule y/o que asimismo pueda representar, sin limitación ni impedimento de tipo alguno, en cualesquiera acuerdos que se sometan a votación en aquélla, especialmente los tres puntos incluidos en el orden del día a propuesta del socio Sevillistas Unidos 2020, S.L. (puntos sexto, séptimo y octavo del orden del día)".

La Audiencia Provincial ya habilitó a Del Nido para que usase el voto de sus acciones levantando las medidas cautelares adoptadas hace un año por el Juzgado de lo Mercantil número 3, en el supuesto de que no se llegara a un consenso en el voto entre presidente y vicepresidente, Castro y Del Nido Carrasco, como representantes de las dos partes que firmaron el pacto de gobernabilidad, al que seguía instando a respetar.

En cuanto a "los tres puntos incluidos a propuesta de Sevillistas Unidos 2020", se refería del Nido a la convocatoria de Junta Extraordinaria con la que los Americanos pretenden remover el actual consejo de administración y elegir uno nuevo. Estos puntos del orden del día serán los últimos de la próxima Junta General de Accionistas. Es decir, se trata del magma del asunto: si no prosperan esos puntos seguirá el actual consejo de administración, y si prospera habrá uno nuevo con nuevo presidente...

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