El juez condena a Bretón a 40 años de cárcel por el doble asesinato de sus hijos

El juicio a José Bretón

El magistrado considera que hubo alevosía por la corta edad de los niños Insiste en que los huesos son "exclusivamente" de Ruth y José.

Foto: EFE
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Anabel Calero

22 de julio 2013 - 11:46

El juez Pedro Vela, titular de la Sección Tercera de la Audiencia de Córdoba, ha condenado a José Bretón a 40 años de cárcel por el doble asesinato de sus hijos Ruth y José, según se recoge en la sentencia que se hizo pública ayer. El magistrado, que también condena al acusado por simulación de delito, ha considerado que el crimen cometido por Bretón -que mató y quemó a sus hijos- es un asesinato y no un homicidio al darse por probado que hubo alevosía, entre otros motivos, por la escasa edad de los pequeños, que no pudieron defenderse. Vela ha aplicado la pena máxima para este tipo de delitos -20 años por cada asesinato- y lo justifica en el fallo por "la premeditación" en la actuación del acusado, su "carácter despiadado" ya que pretendía "multiplicar el dolor de la madre" y por su "absoluta falta de arrepentimiento". "Pocos casos habrá en la práctica judicial que en unos delitos de esta naturaleza merezcan con mayor claridad la imposición de una pena máxima", razona Vela, quien además resalta la "inhumanidad" del comportamiento del ya condenado. El magistrado aplica la agravante de parentesco por lo que todos estos motivos le han llevado a imponer el mayor número de años de prisión posible con el requisito, además, de que no se le conceda el tercer grado hasta que no haya cumplido la mitad de la pena impuesta.

El juez parte de los hechos que consideró probados el jurado popular en su veredicto emitido el pasado 12 de julio y destaca el trabajo realizado por el tribunal asegurando que el dictamen "supera notablemente" los estándares exigibles, ya que se trata de un jurado no profesional. El magistrado insiste en todos los argumentos esgrimidos por los jurados y la precisión con la que los incluyó en el veredicto y considera probado lo que se había apuntado: que José Bretón mató y quemó a sus hijos, de seis y dos años de edad, que lo hizo por venganza hacia su exmujer, Ruth Ortiz, y que después se inventó la desaparición de los pequeños en el Parque Cruz Conde. Así, a lo largo de la sentencia da respuesta a las principales preguntas que se han presentado durante el juicio y desde que se sucedieron los hechos el pasado 8 de octubre de 2011, siendo la más importante si los huesos hallados en la hoguera son de Ruth y José. El magistrado apela al "juicio de inferencia" realizado de manera "impecable" por el jurado y que consiste en "elegir la posibilidad más razonable" sobre una cuestión. Así, se pregunta: "¿Qué menores pudieron ser quemados allí, ese día 8 de octubre, que no fueran Ruth y José?", algo a lo que "sólo hay una respuesta razonable: ningunos distintos a ellos". Para el juez "no existe la más mínima ni remota prueba" de la posibilidad de que se trate de otras personas, por lo que los cuerpos que se quemaron en la pira funeraria "tuvieron que ser exclusiva y necesariamente los de los dos hijos del acusado".

De esta manera desmonta el principal argumento mantenido siempre por la defensa de Bretón sobre la falta de pruebas acerca de la identificación de los huesos o la rotura de la cadena de custodia. Incluso asegura que, aunque se hubieran cometido "pequeñas irregularidades u omisiones" no tendría "trascendencia suficiente para invalidar la prueba" ni para poder afirmar la falta de identidad. Por cierto, que en este apartado de la sentencia Pedro Vela censura parte de la declaración de la perito que se equivocó en el primer informe y aseguró que los restos eran de animal, pues hace referencia a la "desdichada e irrespetuosa frase" cuando se refirió al "cotilleo" de que los huesos "se habían ido de copas", en relación a posibles irregularidades en la cadena de custodia. Para el juez es "absolutamente descartable" que la policía o cualquier otra persona cambiara los huesos y añade que "la única conclusión verosímil" es que los restos son de los niños y así lo han corroborado "hasta 12 peritos".

Otra de las grandes preguntas que se ha planteado en el caso es la manera en la que Bretón mató a sus hijos. Sin embargo, en este punto el magistrado no consigue dar una respuesta y reconoce que "no podemos saber cuál fue el mecanismo concreto de la muerte"; es decir, si los medicamentos tranquilizantes le produjeron el fallecimiento o murieron calcinados en la hoguera. Lo que sí afirma "con rotundidad", y amparándose en el informe del forense Francisco Etxeberria, es que la muerte "fue violenta y homicida" y que Bretón fue el autor material de esos delitos. Para Pedro Vela el procedimiento que siguió el acusado fue el siguiente. Bretón aprovechó los tranquilizantes que le había recetado el psiquiatra y se los dio a sus hijos durante el trayecto entre la casa de los abuelos y la finca de Las Quemadillas, ya que ha quedado demostrado que el acusado paró el coche durante un periodo de entre dos y cinco minutos. Esta conclusión de administrar los medicamentos a los niños, según el juez, parece totalmente razonable e incluso "aporta un mínimo de humanidad a la aberrante conducta" de Bretón pues, argumenta, "lo que ya sería completamente inconcebible es que hubiera arrojado los cuerpos de sus hijos a la hoguera sin que éstos estuvieran completa y profundamente dormidos", en coma o incluso fallecidos.

Después el condenado, tras hacer la última llamada a su exmujer y sin haber obtenido respuesta, "decidió seguir con su propósito criminal" y al llegar a la parcela puso en marcha todos los preparativos del plan que había ideado. Encendió la hoguera en un lugar poco habitual y le añadió acelerante a base de hidrocarburos para mantener la combustión. Allí colocó una mesa de hierro con el objetivo de crear el efecto de una pira funeraria o un horno crematorio, donde colocó a los niños para hacer desaparecer sus cuerpos, ya que se llegaron a alcanzar temperaturas de 1.200 grados. "Si todavía no estaban muertos", apunta el juez, "tuvieron que fallecer necesariamente en dicha pira de tan descomunal potencia calorífica".

Lo que pasó después, una vez cometido el crimen, es calificado como "pantomima" por el magistrado. Se refiere a la llegada de Bretón al Parque Cruz Conde, donde mantiene que perdió a sus hijos. Esta versión carece "del más mínimo atisbo probatorio", entre otras cuestiones, "porque nunca se mostró angustiado" por el supuesto extravío de los niños y porque resulta "inexplicable" que se le perdieran de vista los pequeños. Igualmente, el hecho de que se sentara en la barra de ejercicios es "completamente absurdo" puesto que en ese punto "ya estaba prácticamente llegando a su destino" y tampoco es creíble por el carácter escrupuloso de Bretón. La planificación de la simulación de la pérdida de Ruth y José, según se recoge en la sentencia, fue "chapucera" y, su versión, "absurda".

El juez condena a Bretón como autor de dos delitos de asesinato, con la agravante de parentesco, y le impone 20 años de prisión por cada una de las muertes. Además, también es condenado por la simulación de delito, por lo que tendrá que pagar una multa durante nueve meses a razón de diez euros diarios. La defensa del condenado tiene ahora un plazo de diez días hábiles para presentar su recurso, algo que ya anunciado en varias ocasiones que hará y que estará listo para primeros de septiembre.

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