¿Pueden los funcionarios mutualistas, ya jubilados, solicitar la devolución del IRPF por parte de Hacienda?

Los abonos, que se han iniciado en el mes de agosto y se corresponden al período impositivo que va entre 2019 y 2022, se realizarán en un único pago

Funcionarios jubilados y mutualistas / Freepik

El pasado 25 de julio, entró en vigor la reforma que autoriza la devolución del IRPF en un único pago de hasta 4.000 euros para todos aquellos jubilados que, entre 1967 y 1978, realizaron aportaciones excesivas a las antiguas mutualidades. Asimismo, también son beneficiarios sus herederos, siempre que sigan el procedimiento adecuado. Sin embargo, es inevitable preguntarse qué sucede en el caso de los que, en su día, fueron funcionarios del Estado. ¿Tienen derecho a reclamar esta cantidad?

Nos encontramos ante un tema "especialmente sensible, debido al nivel de empleados públicos que hay en nuestro país", observa el bufete Vento Abogados y Asesores. Por ese motivo, la propia Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) ha procedido recientemente al envío de certificados a todas aquellas personas que pertenecieron a alguna de las mutualidades que, con el tiempo, se fueron integrando al organismo actual. Esto es lo que se conoce como el Fondo Especial.

Devolución del IRPF a funcionarios jubilados

"El objetivo de este certificado es que estos mutualistas puedan acreditar que pertenecieron a dichas mutualidades", tomando en consideración la sentencia 707/2023 del Tribunal Supremo, según explica MUFACE. Por ello, ha hecho llegar "a todos los mutualistas que figuran dados de alta en el Fondo Especial para que, si deciden presentar una reclamación ante la Agencia Tributaria, puedan acreditar esta condición de mutualista/titular por integración procedente de una de las extintas mutualidades".

Ejemplo de ello es el caso de los policías que cotizaron en Montepío del Cuerpo General de Policía o los profesores de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. Por lo tanto, se trata de grupos que también podrán solicitar la devolución del IRPF, que ya se pudo presentar durante la declaración de la renta de 2023. No obstante, la medida fue suspendida a finales de 2024 y, tras el último giro de la Administración, el proceso se ha reactivado sin que sea necesario presentar una única devolución por año.

¿Quién puede solicitar la devolución?

De acuerdo con la Agencia Tributaria, que dispone hasta el 30 de diciembre de 2025 para ingresar la cantidad correspondiente a cada mutualista, pueden solicitar la devolución los jubilados y otros pensionistas que cotizaron a las mutualidades laborales, en base a los siguientes criterios:

En la misma línea, serán beneficiados los siguientes grupos:

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