Juan Manuel Lorente, abogado laboralista: "Para calcular la indemnización por despido se toma como antigüedad la fecha del primer contrato"

El letrado sevillano aclara cómo varían las cuantías si el despido es declarado improcedente, procedente, objetivo o nulo

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Se puede considerar que un despido es nulo cuando concurre una razón discriminatorio, como por ejemplo, en caso de mujeres embarazadas o trabajadores en situación de baja médica.
Se puede considerar que un despido es nulo cuando concurre una razón discriminatorio, como por ejemplo, en caso de mujeres embarazadas o trabajadores en situación de baja médica. / Freepik/@juanmalorente_laboralista

El mercado laboral en España vive una coyuntura de contrastes. Mientras 2025 cerró con un nuevo récord de ocupación —22,4 millones de personas afiliadas— y 16.291 parados menos —y una tasa de desempleo por debajo del 10%—, los despidos colectivos se duplicaron (+49,5%) en diciembre con respecto al mismo mes del año anterior. En total, 15.786 trabajadores se vieneron afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), la mayoría vinculados a causas organizativas de las empresas. En este sentido, ¿cuál es la indemnización de los trabajadores despedidos en 2026 y qué papel juega su antigüedad?

"Los despidos nacen de dos formas: pueden ser disciplinarios, si el trabajador comete una falta, u objetivos, por causas imputables a la empresa", enuncia el abogado laboralista sevillano, Juan Manuel Lorente (@juanmalorente_laboralista) en conversación con Diario de Sevilla. No obstante, si el trabajador no está conforme, puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social, con tres resultados posibles que se detallan a continuación.

¿Qué ocurre si el trabajador recurre un despido en los tribunales?

Si el juzgado estima que el despido es improcedente, "independientemente de si se debe a motivos disciplinarios u objetivos" —apunta Lorente—, corresponde al trabajador una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Cabe recordar que para los contratos formalizados antes de la reforma laboral del 12 de febrero de 2012, el cómputo asciende a 45 días por año de servicio. "Si había nacido como un despido objetivo, se deberá abonar lo que reste para la indemnización por improcedencia", añade el laboralista.

Por otro lado, "si el despido resulta procedente, los trabajadores se quedan como estaban". Es decir, quienes hayan sido despedidos disciplinariamente no percibirán ninguna indemnización, mientras que si el despido se debe a razones objetivas, tendrán derecho a una indemnización de 20 días de sueldo por año trabajado por un periodo máximo de 12 meses.

Con independencia de cuál sea la razón del cese, los trabajadores tendrán siempre derecho a paro, excepto si el trabajador trata de hacer pasar una baja voluntaria como un despido. "Si has faltado tres días al trabajo porque quieres cobrar el paro o estudiar una oposición, se puede entender que has falseado un despido disciplinario", arguye Lorente. De ser así, la empresa podría denunciar al trabajador ante la Insepección de Trabajo, que le retirará el paro, solicitará la devolución de los cobros indebidos y le impondrá una sanción.

¿Cuándo se considera nulo un despido?

"Una tercera posibilidad es que el despido se declare nulo, no solo porque el juez entienda que es improcedente, sino que además se han vulnerado los derechos fundamentales del trabajador", explica este experto. Esto quiere decir que el derecho se fundamenta sobre una causa falsa y se introduce además un componente discriminatorio. "Los despidos nulos se aplican en los casos de mujeres embarazadas, trabajadores en situación de incapacidad temporal o aquellos que han manifestado quejas en su puesto de trabajo", siempre que existan indicios de que estas sean las causas del despido, ejemplifica Lorente.

En estos casos, las indemnizaciones son diferentes a las del despido improcedente. "Se le abonarán al trabajador los salarios de tramitación —lo que ha dejado de percibir desde el despido—, debe reincorporarse a su puesto de trabajo con las mismas condiciones y puede establecerse también una indemnización por daños y perjuicios", indica el letrado.

¿Cómo se calculan las indemnizaciones por despido?

Las indemnizaciones por despido se calculan en base al salario bruto, incluido el prorrateo de las pagas extraordinarias. En cuanto a la antigüedad, se debe tener en cuenta el primer contrato firmado con la empresa. "Por más que un trabajador haya tenido diferentes contratos temporales, si han pasado menos de tres meses entre los llamamientos, la indemnización por despido se calcula desde el primer contrato, no desde que el trabajador firmó un contrato indefinido", aclara Lorente.

Lo mismo ocurre en el caso de los trabajadores fijos discontinuos: se tendrá en cuenta la fecha de firma del contrato. Los trabajadores pueden comprobar si esta fecha coincide con la fecha de antigüedad que aparece en la parte superior de la nómina, por la que se calculan los pluses e indemnizaciones.

¿Qué es el despido restaurativo?

La ampliación de las indemnizaciones por despido improcedente es una de las cuentas pendientes en materia de legislación laboral. El Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de diciembre una Proposición No de Ley (PNL) relativa al llamado despido restaurativo. Se trata de una medida recogida en la Carta Social Europea que establece que "todos los trabajadores tienen derecho a protección en caso de despido" y en base a la que el Comité Europeo de Derechos Sociales ya había fallado en contra de España por considerar insuficiente la indemnización por despido improcedente.

En consecuencia, el Ministerio de Trabajo plantea implantar un nuevo sistema de indemnizaciones en que la cuantía atienda a factores como la edad, el lugar de residencia o las circunstancias personales del trabajador. "Si un trabajador de Gran Canaria causa baja voluntaria en su trabajo de toda la vida, se desplaza a Sevilla por un puesto en que le ofrecen mejores condiciones y al poco tiempo lo despiden, se puede entender que la indemnización es insuficiente para cubrir el perjuicio causado. De hecho, hay sentencias que lo reconocen", concluye el abogado.

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