El Tribunal de Cuentas condena a los herederos de Guerrero a devolver 68.000 euros por dos "intrusos" de un ERE
el caso de los ERE
La sentencia rechaza la demanda de la Junta contra el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas y el "conseguidor" Juan Lanzas
La Administración había pedido el reintegro de la totalidad de los pagos efectuados en esta póliza, que superaba el millón de euros
La política y los cargos de libre designación
El Tribunal de Cuentas ha condenado a los herederos de Javier Guerrero, el ex director de Trabajo de la Junta, fallecido el 11 de octubre de 2020, a indemnizar a la Junta con 68.058,05 euros, en relación con los dos "intrusos" que aparecieron en el ERE de la empresa sevillana Surcolor. La sentencia dictada por la Sección de Enjuiciamiento considera a la viuda y a la hija del ex alto cargo como "responsables contables directos y solidiarios" y ordena el reintegro de esa cantidad junto al dueño de Surcolor, Antonio Manuel Bustamente León, y el consejero delegado, Manuel Rafael Castilla. No obstante, el tribunal ha rechazado la demanda de la Junta de Andalucía, a la que se había adherido la Fiscalía, contra otras cinco personas contra las que se dirigía este procedimiento de reintegro por alcance, entre ellos el ex delegado de Empleo en Sevilla Antonio Rivas y el "conseguidor" de los ERE, Juan Lanzas.
La Junta, que había pedido el reintegro de 1.160.919,62 euros, cantidad que se corresponde con el total de los pagos realizados con fondos públicos, más los intereses legales, ha sido ahora condenada al pago de las costas causadas en este procedimientos de los demandados que han sido exonerados de dicha responsabilidad contable. Tras la muerte de Javier Guerrero, la Junta mantuvo sus pretensiones contra los herederos del ex director de Trabajo, de acuerdo con el artículo 38.5 de la Ley orgánica del Tribunal de Cuentas, que establece que "las responsabilidades, tanto directas como subsidiarias, se transmiten a los causahabientes de los responsables por la aceptación expresa o tácita de la herencia, pero sólo en la cuantía a que ascienda el importe líquido de la misma".
En este caso, los herederos de Guerrero -que murió sin hacer testamento- habían aceptado la herencia "a beneficio de inventario", lo que implica que responderían de las deudas exclusivamente con los bienes y derechos del inventario de la herencia y la responsabilidad de los herederos no se extiende más allá, quedando a salvo el patrimonio de éstos, lo que hace prácticamente imposible que la Junta vaya a poder ejecutar la sentencia contra los familiares del ex alto cargo, según han explicado a este periódico fuentes del caso.
En la jurisdicción Penal, la Audiencia de Sevilla condenó en enero de este año a dos ex altos cargos de la Junta, el propio Antonio Rivas y el ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera, y absolvió a otros tres ex altos cargos: el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, el ex viceconsejero Agustín Barberá y el ex director general de Trabajo Juan Márquez.
La sentencia dictada ahora por el Tribunal de Cuentas, que tiene fecha de este lunes y a la que ha tenido acceso este periódico, declara como hechos probados que en el año 2006 la empresa Surcolor llevó a cabo despidos individuales de 24 trabajadores que dieron lugar, a instancia de estos, a los correspondientes expedientes de conciliación ante el CMAC (Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de Sevilla, que terminaron con avenencia, firmándose las correspondientes actas de conciliación en las que "Surcolor reconocía la improcedencia del despido; manifestaba la imposibilidad de readmisión; y ofrecía al trabajador determinadas indemnizaciones, comprometiéndose la empresa a su pago por medio de una póliza colectiva de rentas, ofrecimiento que el trabajador aceptaba".
En esta póliza se incluyeron un total de 26 beneficiarios, ya que, además de los 24 ex trabajadores de Surcolor, se añadieron dos beneficiarios irregulares o “intrusos”, esto es, dos beneficiarios más que "nunca habían trabajado para la empresa": Juan Manuel López Espada -también fallecido en 2021-, esposo de una concejal del PSOE de Camas- y José Antonio Márquez Sánchez, concuñado del ex delegado de Empleo Antonio Rivas. El coste de la prima de los dos intrusos ascendía a 191.608,78 euros (131.398,30 por Juan Manuel López Espada, y 60.210,48 euros por José Antonio Márquez) y representaba un 6,91% del coste total de financiación de la prima, que superaba los 2,7 millones.
No obstante, el importe total de los pagos satisfechos con fondos públicos de la Junta para financiación la póliza de Surcolor ascendió a casi un millón de euros, en concreto 984.921,23 euros, y respondía a los "compromisos adquiridos por don Francisco Javier Guerrero Benítez, mediante su carta dirigida a la citada aseguradora, de fecha 28 de junio de 2006". Además, la sentencia considera probado que el dueño de Surcolor, Antonio Manuel Bustamante, "con pleno conocimiento de su contenido, autorizó la firma" de la póliza en la que se habían incluido como beneficiarios a los dos intrusos, firma que llevó a cabo el consejero delegado, Manuel Rafael Castilla Bustamente, también "con pleno conocimiento" de que figuraban en la misma las dos personas que nunca habían trabajado para la empresa.
Rivas no intervino en la gestión de los fondos públicos
Con respecto al ex delegado de Empleo Antonio Rivas, el Tribunal de Cuentas declara que su intervención en los hechos relacionados con la ayuda sociolaboral a Surcolor fue "por completo ajena al ejercicio de sus funciones públicas como delegado provincial de la Consejería de Empleo, sin que dicha intervención incluyera ningún acto de gestión de fondos públicos en el ejercicio de dichas funciones". La demanda de la Junta pedía la declaración de su responsabilidad, al entender que en su condición de cargo público de la Consejería "indujo a Javier Guerrero a la inclusión indebida en la póliza de prejubilación de José Antonio Márquez Sánchez y Juan Manuel López Espada, por la sola razón de su militancia política (pues eran los tres miembros de la agrupación del PSOE de Camas) y de su parentesco (pues uno de los indebidos beneficiarios era concuñado de Rivas), cooperando con todo ello a la comisión del menoscabo de los fondos defraudados".
Sobre Juan Lanzas, la sentencia llega a la conclusión de que "no tenía ningún vínculo jurídico funcionarial, laboral ni contractual con la Junta de Andalucía en cuya virtud se le hubieran transferido funciones de gestión de fondos públicos, ni fue perceptor de la ayuda concedida", y lo mismo dice con respecto a los intrusos -uno de los cuales la demanda se dirigía contra su heredero- y a un abogado que intervenía asesorando en la extinción de los contratos.
La demanda de la Junta por este procedimiento se remonta a febrero de 2019 y en la misma la Administración autonómica solicitaba que se declarar a los demandados responsables contables directos y solidarios de dicho alcance, condenándolos al reintegro de 1.160.919,62 euros, cuantía en la que cifraba "el daño causado a los fondos públicos".
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