La "filtración" de las oposiciones de la Policía Local

Las diez claves del caso que obliga a cesar a 44 agentes de la Policía Local de Sevilla

Una imagen del juicio por la filtración de las oposiciones de la Policía Local.

Una imagen del juicio por la filtración de las oposiciones de la Policía Local. / Raúl caro / EFE

La juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 ha requerido al Ayuntamiento de Sevilla para que informe sobre por qué no ha ejecutado la sentencia que obliga a repetir el examen práctico de las polémicas oposiciones de la Policía Local celebradas en el año 2012 y que afectan a 44 agentes que, en principio, tendrían que ser cesados para volver a examinarse para mantener sus plazas.

Después de once años y un tortuoso proceso judicial que se ha dirimido en varias jurisdicciones -la penal y la Contencioso-administrativa-, el caso está llegando a su desenlace. Estas son las diez claves de un caso que se inició en 2012 con la celebración de las polémicas oposiciones para el acceso al cuerpo de la Policía Local:

1. El juicio a 45 investigados por la "filtración" de las oposiciones.

En marzo de 2019, el juez de lo Penal número 10 de Sevilla, David Candilejo, notificó la sentencia por el presunto amaño de las oposiciones de la Policía Local, en la que absolvió a los 45 acusados, entre ellos 37  policías locales, que se enfrentaban a penas de inhabilitación y al pago de multas por delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación y cohecho.

En la sentencia, el juez no niega la filtración del examen de las oposiciones, sino que considera que no ha quedado acreditado que los miembros del tribunal tuvieran "un concierto previo en virtud del cual hubieran decidido filtrar la plantilla [de corrección] a determinados opositores para que éstos aprobaran el proceso selectivo". El magistrado reconoce que es cierto que algunos de los procesados sí pudieron tener dicha plantilla con carácter previo al examen.

2. La sentencia obligó a repetir el examen práctico.

Unos meses después, en junio de 2020, la juez de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla tumbó la primera de las oposiciones de la Policía Local por las que se celebró un juicio en lo Penal que acabó con la absolución de los 45 acusados. La sentencia estimó parcialmente el recurso de uno de los opositores que quedaron fuera del proceso y ordenó repetir el caso práctico de estas oposiciones de 2012 por las que se cubrieron 56 plazas de agentes de la Policía Local de Sevilla.

La sentencia de la juez Nuria Marín Álvarez recuerda que en la sentencia del juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla de marzo de 2019, en la que fueron absueltos los 45 acusados, se incluyen una serie de consideraciones sobre la "filtración de la segunda prueba del tercer ejercicio", y en este sentido la magistrada señala que "si bien el ámbito penal entra en juego el principio de presunción de inocencia, de culpabilidad y tipificad, en el ámbito administrativo existiendo sospechas fuertes y contundentes de que el caso práctico hubiera sido filtrado, la conclusión a la que se llegaría sería distinta, ya que en todo proceso selectivo deben velarse los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el ingreso en la función pública, así como el de limpieza y transparencia en el proceso selectivo, circunstancias que no se han dado en el proceso selectivo que nos ocupa".

3. El TSJA avaló el fallo de la juez de lo Contencioso.

Los policías locales afectados por la sentencia que tumaba las oposiciones recurrieron entonces ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. En marzo de 2021, el Alto Tribunal andaluz confirmó la anterior sentencia que obligaba a repetir el examen práctico y el Ayuntamiento y los agentes llevaron el caso ante el Tribunal Supremo.

4. La decisión del Tribunal Supremo.

Once años después de las oposiciones, el Tribunal Supremo dejó en el aire las plazas de estos agentes de la Policía Local que se presentaron en las polémicas oposiciones del año 2012, en las que se denunció la "filtración" de los exámenes. En una providencia dictada en enero de este año, el Alto Tribunal inadmitió el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Sevilla y por un grupo de agentes, dado que el recurso de otra treintena de policías no se tuvo por presentado porque el depósito para recurrir se presentó fuera de plazo

Los servicios jurídicos del Ayuntamiento cuestionaron la aplicación a este caso de la "denominada doctrina del aspirante de buena fe en los procesos selectivos de acceso al empleo público, cuestionando los razonamientos contenidos en la sentencia de instancia en relación a la anulación de un ejercicio y sus resultados para todos los opositores". Defendía el Ayuntamiento que esta doctrina debía ser aplicada a los "aspirantes que no fueron acusados en las previas actuaciones penales tramitadas en relación a posibles filtraciones de las plantillas de corrección del ejercicio, falta de acusación de la que deduce su correlativa falta de participación en las irregularidades apreciadas en el orden contencioso-administrativo".

5. La "firmeza" de la sentencia.

Como continuación del proceso, en marzo pasado, el TSJA declaró "firme" la sentencia que obligaba repetir las oposiciones. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró "firme" la sentencia que afecta a los agentes por la polémica de las "filtraciones" de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla en 2012 y cuyas plazas quedaban en el aire, dado que estos policías tienen que volver a examinarse para mantener sus plazas, con el problema añadido de que aquellos otros aspirantes que no fueron admitidos podrían también volver a realizar ese caso práctico.

6. La fase de "ejecución" del fallo.

Una vez declarada la firmeza de la sentencia, el Ayuntamiento tenía un plazo de dos meses para la ejecución voluntaria de la misma, es decir, para cesar a los agentes y convocar de nuevo el examen práctico. El Ayuntamiento de Sevilla tenía de plazo hasta el pasado 18 de junio para ejecutar de forma voluntaria la sentencia, un plazo que vencía justo el día después del relevo en la Alcaldía de Sevilla, con la salida de Antonio Muñoz y la entrada del popular José Luis Sanz, que venció al socialista en las pasadas elecciones municipales del 28-M y que será quien finalmente tendrá que decidir sobre un conflicto que se generó en la etapa de otro alcalde del PP, Juan Ignacio Zoido. 

7. Los informes de Recursos Humanos.

Tras el fallo del Supremo, el Ayuntamiento elaboró dos informes sobre la situación en la que quedaban los agentes. Uno de ellos, elaborado por la dirección General de Recursos Humanos, señalaba cómo debe llevarse a cabo la ejecución de la sentencia, lo que plantea un dilema para el nuevo alcalde, que debe decidir sobre el futuro de estos agentes que, a la espera de la repetición de la prueba práctica de las oposiciones, tendrían que cesar en el cargo más de once años después de someterse al proceso selectivo. 

El informe elaborado por la dirección general de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla sobre la ejecución de la sentencia de las oposiciones recoge precisamente los efectos que se han producido por el tiempo transcurrido desde que se celebró el proceso selectivo y la firmeza de la sentencia y, en este sentido, señala que el total de aspirantes cuyo nombramiento se han visto anulados por la sentencia asciende en realidad a 45 agentes -menos el agente que falleció en acto de servicio- porque aunque la convocatoria era de 56 plazas, la juez rechazó el recursos con respecto a la selección de 11 plazas del turno de movilidad.

8. Cinco agentes ya no prestan servicio en Sevilla.

De los 44 agentes afectados, cinco de ellos ya no prestan servicio en el Ayuntamiento de Sevilla porque permutaron sus plazas con policías de otras provincias, y otros cinco han promocionado a "oficial" de la Policía Local, mientras que otros 15 están en un proceso de promoción interna para adquirir precisamente la categoría de oficial y uno incluso para subinspector.

Dice el informe de Recursos Humanos que el coordinador general de la Alcaldía ha decretado ya el "acatamiento" dictado por la providencia dictada por el Tribunal Supremo y, en consecuencia, "procede ejecutar" la sentencia del juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla, que fue ratificada por el TSJA y luego el Tribunal Supremo inadmitió los recursos, y que puede poner en la calle a estos agentes 11 años después.

Con la repetición del caso práctico, según este informe, habría 250 aspirantes que tendrían derecho a volver a realizar la prueba práctica del tercer ejercicio del proceso selectivo aectado por la sentencia que debe ejecutarse, dado que tendrían la condición de "interesados".

La dirección general de Recursos Humanos propone paralizar la promoción interna a la categoría de oficial a los aspirantes, dado que habrían dejado de cumplir un requisito esencial de la convocatoria -"ser policía local del Ayuntamiento de Sevilla y haber permanecido, como mínimo, dos años de servicio activo como funcionario de carrera en la referida categoría"-; y también propone "cesar" en la condición de funcionarios a los afectados por la sentencia que, tras su cese, "dejarán de manener relación alguna con el Ayuntamiento de Sevilla".

Por último, proponía iniciar el procedimiento de revisión de oficio de la permuta de plazas, ascensos y traslados, con la finalidad de que se declare la nulidad de los actos administrativos que aprobaron dichas permutas.

9. El requerimiento de la juez 

El último movimiento que ha realizado la magistrada ha sido requerir al Ayuntamiento de Sevilla para que informe sobre por qué no ha ejecutado la sentencia que obliga a cesar a estos agentes de la Policía Local. Después de que hayan transcurrido los dos meses del plazo legal para la ejecución voluntaria de la sentencia que obligaba a repetir el examen práctico y de que el denunciante de las oposiciones haya solicitado dicha ejecución, la magistrada ha dictado un auto, con fecha del pasado lunes, en el que acuerda "abrir ejecución" contra el Ayuntamiento de Sevilla y libra además oficio al Consistorio para en el plazo de diez días "informe sobre los motivos de no haberse dado cumplimiento al contenido de la sentencia".

Tras ese auto, el juzgado ha dictado además una diligencia de ordenación en la que requiere al Ayuntamiento para que informe precisamente sobre "las actuaciones practicadas en orden al cumplimiento de lo dispuesto en el fallo, remitiendo igualmente, en su caso, copia de las actuaciones realizadas".

10. El alcalde anuncia el cese de los agentes

Una vez que el Ayuntamiento ha recibido el requerimiento del juzgado, el alcalde de Sevilla, José Luis Sanz, ha anunciado que cesará a los policías locales. A preguntas de la prensa, el alcalde ha recalcado que la juez ha solicitado un informe al Ayuntamiento de Sevilla y ese informe "lo están redactando los servicios jurídicos y el propio secretario municipal y con ese informe que se envíe se hará lo que diga la juez".

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