Nueva condena a una aerolínea por cobrar a un usuario por llevar sus maletas en cabina

Facua impulsa la presentación de demandas judiciales contra las compañías aéreas que cobran el recargo ilegal por viajar con equipaje de mano

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Una aeronave de Vueling.
Una aeronave de Vueling. / Facua

Nueva sentencia judicial contra Vueling por el recargo del equipaje de mano. El Juzgado de Primera instancia número 22 de Sevilla ha condenado a la aerolínea a reembolsar a unos socios de Facua Sevilla los 112 euros que tuvieron que abonar de más para subir con sus maletas de mano en cabina, más los intereses legales acumulados desde la interposición de la demanda.

El juez Jesús Medina Pérez considera que "no se le puede exigir a los pasajeros el cobro de un suplemento por llevar dicho equipaje de mano en cabina", ya que se trata de "elementos indispensables" para los viajeros. Además, afirma que el cobro de este suplemento infringe los derechos de los pasajeros que les reconoce el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea.

Se trata de la séptima sentencia judicial contra las aerolíneas lograda por Facua-Consumidores en Acción por este fraude en los últimos meses, la tercera contra Vueling —las otras cuatro afectan a Ryanair—. En mayo, el Juzgado de Primera instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real condenó a Ryanair. En abril, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca condenó a Vueling y el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid a Ryanair. En marzo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino, en Salamanca, hizo lo propio con la compañía irlandesa. En febrero, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián también condenó a Vueling. El pasado diciembre, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz lo hizo con Ryanair.

Cabe destacar que este tipo de demandas no tienen ningún coste para el usuario, ya que no es obligatorio interponerlas con abogado ni procurador.

En noviembre de 2024, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, firmó una multa histórica de 179 millones de euros a cinco aerolíneas por estas y otras irregularidades. FACUA llevaba desde 2018 denunciando el recargo ilegal del equipaje de mano.

Vuelos con tarifa "TimeFlex"

La nueva sentencia contra Vueling hace referencia a los vuelos de un viaje de Sevilla a Lanzarote que David, vecino de un municipio del aljarafe sevillano, realizó junto a su mujer en octubre de 2022 por los que abonó un total de 251,96 euros. A la hora de comprar los billetes, este matrimonio se vio obligado a elegir la "Tarifa Flex", una tarifa superior a la básica, para poder llevar consigo las maletas de mano.

Ya en 2024, Facua puso en marcha una plataforma de afectados por los fraudes de las aerolíneas (FACUA.org/aerofraudes). A raíz de ahí, estos socios decidieron trasladar su caso a la asociación para que reclamasen en su nombre por el dinero que tuvieron que pagar de más para poder volar a Lanzarote con su equipaje en cabina.

El equipo jurídico de la asociación presentó una reclamación a Vueling en la que pedía reembolsar a esta pareja el importe consistente en la diferencia de precio entre la tarifa básica y la "Tarifa Flex", ya que entendía que se trataba de una cuantía cobrada de manera indebida, de acuerdo a la normativa vigente.

En este sentido, el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea de 1960 deja meridianamente claro que «el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje [..] Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave», circunstancia ésta última que no era aplicable al afectado.

Vueling, como es habitual, respondió a la reclamación denegando la petición de devolución del dinero bajo el argumento de que no incumplían la legislación porque permiten "llevar de forma gratuita una bolsa de 40x20x30cm".

Tras esta negativa, los afectados decidieron dar un paso más y acudir a la vía judicial para que obligaran a la compañía a devolverles el dinero. Facua Sevilla redactó la demanda que David y su mujer presentaron en tribunales y en la que reclamaban a Vueling los 112 euros que tuvieron que abonar de más por la "Tarifa Flex" que les permitía llevar consigo la maleta de mano. El juzgado de Primera instancia e Instrucción número 22 de Sevilla ha estimado la demanda de los socios de Facua Sevilla y ha condenado a la aerolínea a abonarles los 112 euros más los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial.

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