Filtración de las oposiciones de la Policía Local

El último intento para salvar a los 44 policías locales

José Luis Sanz con varios policías locales. José Luis Sanz con varios policías locales.

José Luis Sanz con varios policías locales. / M. G.

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

El último intento para salvar a los 44 policías locales afectados por la anulación de las oposiciones de 2012. La defensa de 11 de los agentes ha presentado un escrito en el juzgado de lo Contencioso-administrativo número 7 de Sevilla en el que plantea la imposibilidad de ejecutar la sentencia y señala que el cese de estos funcionarios supondrá un coste para las arcas municipales de unos seis millones de euros y propone como alternativa que se haga una "reserva de notas" para el denunciante en las próximas oposiciones o que se acuerde una indemnización para el mismo.

Según han informado fuentes judiciales, el abogado Javier Carnerero, que representa a estos 11 agentes, ha presentado un duro escrito en el juzgado en el que critica la actuación del Ayuntamiento de Sevilla y en este sentido lamenta que el servicio de Recursos Humanos, "por desconocimiento o ausencia de asesoramiento, tampoco ha planteado que el cese de 44 funcionarios de policía local afecta directamente a la seguridad pública, ni el coste que genera a las arcas públicas que redundarán en un peor servicio público al ciudadano ni los daños y perjuicios irreparables que se van a causar a terceros de buena fe ajenos al procedimiento, máxime cuando la Ley permite la ejecución alternativa del fallo".

Así, critica la postura del Ayuntamiento, al afirmar que está incurriendo en una "clara dejación de la funciones de la corporación local en la defensa de los intereses generales de sus ciudadanos así como su discriminatoria ejecución manifestada", porque entiende que "existen numerosos motivos por los que no puede llevarse a efecto la ejecución de la sentencia en sus propios términos dado los graves e irreparables perjuicios que ocasiona" y recuerda asimismo que la justicia absolvió en su momento a los agentes investigados por la filtración.

Entre estos motivos, Carnerero destaca el "tiempo transcurrido desde el acto de nombramiento como funcionarios de carrera el 2 de Julio del 2013 y la fecha inicial de ejecución de la sentencia, año 2023, habiendo transcurrido más de 10 años, pudiendo alargarse varios años más en función de la tramitación de la ejecución del fallo y los más que seguros recursos que puedan plantearse en el presente proceso de ejecución".

También alega entre otros motivos las razones de "seguridad jurídica, protección de la confianza legítima, equidad y buena fe de los funcionarios afectados", ya que afirma que los opositores que finalmente fueron aprobados, "no hay duda alguna de que han actuado de buena fe ajenos a la problemática del Ayuntamiento en relación con la oposición", y como tercer motivo insiste en que "la ejecución del fallo provoca un grave perjuicio en la seguridad y, por ende, al interés general y público por la pérdida masiva de 44 funcionarios de policía en servicio activo, con la consiguiente reducción drástica de la seguridad pública, provocando inestabilidad en el empleo de las personas que llevan más de una década cumpliendo con su trabajo".

En este sentido, señala que en la actualidad, el Ayuntamiento de Sevilla dispone de 422 funcionarios menos de los que Sevilla precisa -serían 1.386 agentes según la ratio de seguridad de la UE- para su seguridad pública disponiendo de una plantilla, s.e.u.o, de 964 policías locales, de los cuales sólo hay 590 en servicio activo operativos, 277 policías locales en funciones administrativas, y 134 mandos, número de efectivos muy inferiores a los que legalmente corresponde, debiendo descontar los 44 funcionarios afectados de los 590 de servicio operativo, por lo tanto quedaría mermada la plantilla operativa, la que da servicio en vía pública a 545 funcionarios a repartir en turnos, argumenta la defensa.

A ello hay que añadir que en breve cerca de 300 funcionarios de policía local que accedieron a su plaza en 1992 van a pasar a la situación de jubilado, quedándose "muy disminuida de efectivos la plantilla de policía local, hecho que provocará un más que deficiente servicio de seguridad y atención al ciudadano que se agravará con la retirada del servicio activo de los funcionarios afectados por la sentencia".

Un coste para el Ayuntamiento de hasta "seis millones de euros"

Un cuarto motivo que alegan estos agentes es el coste a las arcas públicas ante la falta de ingresos por la retirada de 44 efectivos, tiempo para ejecutar el fallo, nombramiento de nuevos funcionarios y su posteriori formación en la Escuela Pública de Seguridad de Andalucía (ESPA) percibiendo haberes sin prestar servicio. En efecto, la retirada de 44 funcionarios de policía local en servicio activo conlleva una "grave perdida de ingreso para las arcas municipales derivado de la reducción drástica de expedientes de infracción administrativa que vinieran denunciando los agentes afectados y la falta de ingreso por sus sanciones cuya pérdida se estimaría en torno a varios millones de euros, a lo que hay que añadir el coste de formación de los nuevos policías locales durante el periodo de formación práctica en la Escuela de Seguridad Publica de Andalucia, así como el abono de sus haberes sin prestar servicio al ciudadano y que puede oscilar en torno a un millón y medio de euros. Y ello sin que sea recurrida la oposición con suspensión de nombramiento en cuyo caso la pérdida de ingresos se extendería en el tiempo", advierte.

A título de ejemplo, señala que en el primer semestre del presente año se han formulado un total de 14.267 denuncias por infracciones de tráfico, a una media de 200 euros por sanción, sin contar con el ingreso proveniente de la grúa municipal, "se estaría dejando de ingresar en las arcas públicas, por una parte de la policía local, de una cantidad estimada de unos 5,7 millones de euros /año que repercutirá negativamente en la prestación del servicio público [según unos cálculos estimados pendientes de concreción por parte del Ayuntamiento]. Disminución de ingresos en las arcas públicas que repercutirán directa o indirectamente en la deficiente prestación de los servicios públicos a los ciudadanos y de los que el Jefe del Servicio de Recursos Humanos ha obviado plantear".

Las reclamaciones por las actuaciones de estos policías

Pero el cese de los agentes no sólo supone un coste para las arcas públicas, sino que generaría, según explica el letrado Javier Carnerero, otros problemas por las posibles "reclamaciones de ciudadanos por las intervenciones realizadas por los funcionarios afectados en el ejercicio de sus funciones. Dícese detenciones realizadas, condenas de ciudadanos por delitos de atentado a funcionarios afectados, pago de indemnizaciones a las funcionarios, funcionario acusados con ocasión de la prestación del servicio público de seguridad... etc. que obligaría a una revisión de asuntos por todos los órganos judiciales penales de los ya acabados y de los que se encontrasen en trámites, recientemente ha sido suspendido una vista oral en la que funcionarios afectados por la sentencia, tuvieron que intervenir y han sido denunciados".

A este respecto, señala que "es cuestión de tiempo que se hagan público los números de indicativo de los funcionarios afectados por la sentencia para que los ciudadanos puedan reclamar al Ayuntamiento cualquier actuación de estos funcionarios que les afecte. Reclamaciones dinerarias de las que habrá de responder el Ayuntamiento de Sevilla".

También alega los "graves perjuicios a los opositores de buena fe que, habiendo obtenido su plaza tras años de estudio y tras más de una década de trabajo, ven truncada su vida personal, profesional y la de su familia".

Reserva de notas o indemnización para el denunciante

Por todo ello, la defensa considera que "existe cobertura legal y doctrinal para aplicar la solución más apropiada por puras razones de seguridad jurídica, protección de la confianza legítima y equidad, para los intereses de las partes a tenor del tiempo transcurrido, más de 10 años, consistente en optar por la ejecución alternativa de la sentencia, garantizando de esta forma los derechos constitucionales del recurrente evitando graves perjuicios para la Administración Local en la prestación de los servicios de seguridad y policía administrativa que le competen así como a las arcas públicas, que redundarán directamente en los administrados así como los gravísimos e irreparables perjuicios físicos, morales, personales y profesionales de los agentes afectados y terceros afectados que ven como todo el esfuerzo dedicado a su vida y familia y su patrimonio se ven afectados por una ejecución tardía, teniendo que volver a presentarse a los exámenes de las oposiciones sin estar en condiciones de igualdad, con sus capacidades de estudio mermadas y con el estrés añadido de ver como su vida queda vaciada y dependiente de la suerte de un examen careciendo de certeza de continuidad".
La solución "más adecuada con el menor daño posible consistiría, a juicio de esta parte", en la "reserva de notas" del denunciante para la futura convocatoria de plazas de policías locales prevista por el Ayuntamiento de Sevilla, y subsidiariamente, que se proceda a la "fijación de una indemnización conforme a los perjuicios ocasionados".
Presentación de nuevas motos de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo. Presentación de nuevas motos de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.

Presentación de nuevas motos de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo. / josé ángel garcía

Dice esta defensa que el opositor recurrente, como parte beneficiada por una sentencia, tiene derecho a la ejecución de la misma en sus propios términos pero el artículo 18.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , admite la existencia de su imposibilidad, y el artículo 105.2 de la Ley Jurisdiccional entiende que si concurren causas de imposibilidad legal o material, el Tribunal podrá adoptar las medidas necesarias que aseguren la mayor efectividad de la ejecutoria, "fijando en su caso la indemnización que proceda por la parte en que no pueda ser objeto de cumplimiento pleno u otro tipo de ejecución que pueda satisfacer al recurrente".

Discriminación del Ayuntamiento

Conforme a la regla general de ejecución de la sentencia, prosigue, "nos encontramos que el Ayuntamiento, a tenor de lo manifestado, pretende realizar una discriminación entre los funcionarios afectados pretendiendo excluir de la ejecución del fallo a los funcionarios que hayan permutado, ascendidos, trasladados ... etc. Tal ejecución sería nula de pleno derecho precisamente por discriminación en la ejecución y vulneración del principio de identidad. La sentencia, de ejecutarse, debe hacerse frente a todos los funcionarios afectados causando daños y perjuicios irreparables a terceras personas ajenas al proceso", asevera.
En este sentido, señala que el propio Ayuntamiento, en su escrito en el que anuncia el cese de los 44 agentes en septiembre -poco antes de la repetición del examen práctico-, "reconoce abiertamente el fallo en la organización policial, seguridad pública y policía administrativa que se va a producir en claro perjuicio de los ciudadanos, llegando, recientemente ante la oleada de atracos de la ciudad, a prometer la recuperación e implantación de la figura del sereno, ejemplo claro de la carencia de policías locales".
Además, como una vez que se repita el examen práctico los agentes tendrían que volver a pasar por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía -consistente en tres meses de teórico y seis como funcionario en prácticas-, y como es previsible que se interpongan recursos que alargarán la incorporación de los nuevos agentes, entre el cese y la incorporación al servicio activo "pueden transcurrir meses e incluso años con grave perjuicio a la seguridad publica y atención al ciudadano".

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