FÚTBOL
Así quedan los cruces de la Copa del Rey

El CTA ratifica la decisión del VAR en el penalti de Bartra contra el Barça y tira de las orejas a Sánchez Martínez

Desde la Federación se defiende el criterio del árbitro castigando la extensión del brazo independientemente de hacia dónde vaya la pelota

Captura de la imagen del momento en que el balón rebotado da en el brazo de Bartra. / RFEF

Una de las acciones más polémicas del fin de semana se produjo en el Betis-Barcelona, cuando el árbitro, a instancias del VAR pitó penalti en un lanzamiento de Rashford que rechaza Bartra con la pierna y después le rebota en el brazo cuando el balón subía verticalmente ya sin dirección a portería.

Fue una de las jugadas analizadas por el Comité Técnico de Árbitros (CTA) y aun con las explicaciones ofrecidas sigue siendo incomprensible, ya que se castiga sólo la posición del brazo del defensa bético, que se lanza al suelo y es difícil controlar la colocación del mismo, y no la dirección del balón, que tras un rebote va arriba. Ni siquiera que venga de rebote, algo que sí contó otras veces. El CTA habla de brazo extendido, pese a que se ve claramente que no está extendido del todo.

"Un delantero del Barcelona dispara a portería y el balón es rechazado por un jugador del Betis, impactando primero en la pierna y a continuación en el brazo, en una acción rápida en la que el ál VAR analiza la jugada desde distintas cámaras y recomienda la revisión al entender que el brazo del defensor está en posición elevada y antinatural ocupando un espacio que no le corresponde para, de esta forma, hacer su cuerpo más grande ante el disparo a portería. El árbitro no sanciona nada permitiendo que el juego continúe. La regla número 12 establece que se sancionará con penalti cuando el balón toque el brazo de un jugador en posición antinatural, ampliando su volumen corporal y ocupando un espacio injustificado. El CTA respalda la intervención del VAR y la decisión final del árbitro, porque el rebote previo en su propia pierna no exime la sanción, ya que el jugador afronta la acción con el brazo previamente en posición potencialmente punible, por lo que la sanción es correcta", explica el organismo federativo.

Y apunta al final: "Se subraya la importancia de aplicar este criterio para garantizar la uniformidad de las acciones", coletilla que sirve para darle un tirón de orejas a Sánchez Martínez, que en una acción parecida en el Espanyol-Rayo no pitó nada pese a ser llamado para revisar la mano de Mendy. "El balón golpea en el brazo de un defensor visitante y el árbitro decide no señalar nada, pero desde la sala VOR se analiza la jugada y se considera que el brazo está completamente extendido en posición antinatural y ocupando un espacio que no le corresponde, por lo que recomienda revisión en el monitor. Tras acudir a la pantalla el colegiado mantiene la decisión inicial de no pitar penalti. La regla 12 establece que se sancionará con penalti cuando el balón tique el brazo de un jugador en posición antinatural, ampliando su volumen corporal y ocupando un espacio injustificado. El criterio se centra en la posición del brazo y su relación con la acción, no en la intención. Un brazo extendido y separado del cuerpo, como en esta acción, se considera punible. El CTA entiende que debió sancionarse penalti. Los argumentos del VAR son correctos: brazo extendido, posición antinatural y ocupación de espacio indebido, por tanto el árbitro debería haber cambiado su decisión".

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último