Paradojas sobre las cláusulas suelo
El mismo tribunal que dictó una novedosa sentencia sobre cláusulas suelo, reintegrando el dinero, emite ahora fallos dándole la razón a los bancos
Los juristas dicen, cuando quieren justificar una decisión que puede resultar contradictora con otra dictada con anterioridad, que no hay dos casos exactamente iguales y que cada caso ha de estudiarse en su contexto. Esto es quizás lo que ha ocurrido con la Audiencia de Sevilla, en concreto, con la Sección Quinta, cuyos magistrados dictaron en noviembre de 2014 una novedosa sentencia que confirmó la nulidad de una cláusula suelo del 2,5% aplicada en un crédito hipotecario y ordenó el reintegro al cliente de 2.237 euros. Tan sólo unas semanas después, el mismo tribunal ha emitido tres sentencias en las que, paradójicamente, se da la razón a las entidades bancarias, revocando las sentencias dictadas por los juzgados de lo Mercantil y absolviendo a los bancos que aplicaban a sus clientes las polémicas cláusulas.
En una de estas sentencias, el tribunal señala que estas cláusulas no son abusivas ni le son aplicables la normativa dictada en defensa de los consumidores y usuarios sobre este tipo de estipulaciones, porque las cláusulas suelo "describen y definen el objeto principal del contrato, por lo que no cabe el control de su equilibrio, sin que conste la mala fe de la demandada".
En el caso concreto, la Audiencia señala que la cláusula suelo fue "novada en dos ocasiones" por el cliente, por lo que no sólo se cumplen las "exigencias legales para su incorporación a los contratos, sino que superan el control de transparencia en cuanto que redactadas de forma clara y comprensible, fueron o pudieron ser conocidas por el actor de forma suficiente antes de adoptar la decisión de suscribir las escrituras".
Por todo ello, en este caso revoca la sentencia del juzgado de lo Mercantil y desestima la demanda, aunque los magistrados han decidido no imponer las costas al cliente del banco porque, según precisa el fallo, "la Sala es consciente de que la polémica cuestión de las cláusulas suelo ha dado lugar a sentencias contradictorias de las distintas audiencias provinciales", por lo que entiende aplicable la excepción a la imposición de las costas procesales de la primera instancia ni del recurso que ha fallado a favor del banco.
En otra de las sentencias dictadas por la Sección Quinta de la Audiencia, los jueces explican que a la fecha de la suscripción de la escritura pública, en abril de 2007, los intereses se hallaban muy por encima del mínimo pactado -un 4,5%-, "lo que hizo que el demandante no tuviera inconveniente en aceptarlo, y al poco tiempo, cambiaron las circunstancias por completo, produciéndose una sensible rebaja de los tipos de interés hasta extremos insospechados, lo que hace que el mínimo fijado se vea, actualmente, como algo anormal, en perjuicio del cliente".
Dice el tribunal que la cláusula se redactó "de manera clara y sencilla" y que el cliente "conoció y aceptó" dicha estipulación, además de que en el apartado de advertencias efectuadas por el notario, "se hizo constar que la escritura de préstamo fue leída por éste a los otorgantes" y no existía contradicción alguna entre ella y la previa oferta vinculante que exige la orden ministerial de 5 de mayo de 1994, para la concesión de préstamos hipotecarios a consumidores.
El abogado Joaquín Moeckel, que ha asistido a lo largo de su trayectoria profesional a la firma de 1.500 ó 2.000 hipotecas, manifestó ayer que "querer mantener que la escritura se lee íntegramente y que hay un nivel de comprensión total por el ciudadano es obviar la realidad". Sin menoscabar la labor del notario, el abogado señaló que puede haber cláusulas suelo con una redacción clara que "no sea entendida por un señor que regente un negocio y en cambio otras muy enrevesadas que firma un abogado" y la comprende perfectamente. "La cuestión no es la transparencia, lo que se persigue por el legislador no es la claridad sino la capacidad de comprensión de la persona que firma", precisó Moeckel, que señaló que se está creando una "alarma importante en la ciudadanía: el mensaje que se lanza es que tengan en cuenta antes del pleito las tasas gallardonianas y la absoluta inseguridad en el resultado del pleito, porque el fallo no está claro".
Moeckel, que dijo que comprende que existe "mucha sobrecarga" de asuntos en estos tribunales, auguró que tras estas setencias va a producirse una "gran bajada" de asuntos a resolver por la Audiencia, que cada semana recibe centenares de apelaciones sobre cláusulas suelo.
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