Cinco trámites que los jubilados mutualistas olvidan y les pueden costar dinero

En ocasiones, es suficiente con mantenerse bien informado sobre los derechos, plazos y novedades legales relativas a los mutualistas

Cinco trámites que deben hacer los jubilados mutualistas

Los jubilados mutualistas no solo cuentan con una serie de derechos específicos, sino que también deben cumplir con importantes obligaciones. Esto incluye la realización de ciertos trámites que, en ocasiones, pueden pasarse por alto a pesar de la inevitable pérdida económica que conlleva. Ya sea por desconocimiento o por la aparente dificultad de su gestión, lo cierto es que es más frecuente de lo que cabría esperar.

A continuación, vamos a ver cinco de estos trámites que, de efectuarse en tiempo y forma, podrían beneficiar considerablemente a los pensionistas. En cualquier caso, es fundamental estar bien informado, respetar los plazos y, si surge alguna duda, solicitar una asesoría ante el servicio de atención de la propia mutualidad.

1. Solicitar la devolución del IRPF

Miles de pensionistas en España tienen derecho a recuperar una parte de lo pagado de más en el IRPF, entre 1967 y 1978. En concreto, la Agencia Tributaria ha iniciado este proceso para aplicar la reducción fiscal reconocida por el Tribunal Supremo en la Sentencia 255/2023. El objetivo es devolver las cantidades correspondientes a aquellas personas que realizaron una doble tributación a las antiguas mutualidades; todo ello, en un único pago de hasta 4.000 euros. Ahora bien, ¿qué sucede si el mutualista no solicita esta devolución?

Aunque el plazo todavía está abierto, muchas personas aún no han reclamado lo que les corresponde y eso podría suponer la pérdida de esta importante inyección económica. Para hacerlo, únicamente hay que presentar el formulario que figura en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

2. Solicitar la devolución, aunque no se haya presentado la declaración de la Renta

En la misma línea, numerosos jubilados no solicitaron esta devolución por no haber presentado previamente la declaración de la Renta, puesto que estaban exentos de esta obligación. Pero ¿y si pudieran beneficiarse igualmente de esta medida? Al fin y al cabo, también les corresponde cobrar lo que, en su día, pagaron de más.

El procedimiento habitual para obtener la devolución de lo tributado de más es presentar una rectificación de las declaraciones pasadas. No obstante, si no es el caso, existen otras vías para hacer valer este derecho. De acuerdo con el bufete Vento Abogados y Asesores podría presentarse "una solicitud de devolución de ingresos indebidos" o pedir a la Agencia Triutaria el recálculo correspondiente para comprobar si Hacienda tiene deudas con ellos.

3. Actualizar los datos de contacto o cuentas bancarias

Alejados ya de los posibles reclamos, lo cierto es que no actualizar los datos de contacto o las cuentas bancarias facilitadas a la administración podría suponer importantes retrasos a la hora de recibir devolución. Además, sería motivo suficiente para que la solicitud fuese archivada por falta de información, provocando la pérdida de intereses o el vencimiento de los plazos. En otras palabras, la actualización de todos estos datos personales mejora la correcta gestión de las prestaciones.

Por ejemplo, la Mutualidad General Judicial (MUGEJU) establece que "los mutualistas titulares están obligados a comunicar los datos que deban obrar en su base de datos, por afectar a su relación con el Mutualismo Judicial, y comunicar cualquier variación que se produzca en ellos dentro del mes siguiente a la fecha en la que se haya producido la variación". Esto incluye datos personales, la dirección del domicilio, el puesto de destino, la situación administrativa...

4. Informarse bien de los plazos

Mantenerse bien informado sobre los plazos para reclamar posibles devoluciones es fundamental a la hora de hacer valer los propios derechos. Ejemplo de ello es el ejercicio fiscal de 2019, que prescribió el año pasado. Por ese motivo, ahora únicamente se puede solicitar la devolución del IRPF correspondiente al período impositivo 2020 - 2022. Esto puede suponer la pérdida de miles de euros, según sea el caso y se enraiza en el desconocimiento, ya sea de las fechas, de los derechos o de la forma correcta de gestionarlo.

5. Acogerse a las nuevas leyes que benefician a los mutualistas

En línea con lo anterior, mantenerse informado implica también conocer nuevas ventajas legales para los mutualistas. Esto no solo podría ayudar a obtener el dinero que corresponda, sino que también impulsaría la mejora de los gestiones. Así, en lo referente a la devolución del IRPF, una de las últimas modificaciones establece la posibilidad de reclamar esta cantidad, relativa al período impositivo 2020 - 2022, a través de un único formulario.

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