Declaración de la Renta 2026: fechas clave y calendario completo confirmado por Hacienda
Hacienda confirma los plazos de presentación por internet, teléfono y presencial, así como los requisitos y citas para la declaración de Renta y Patrimonio 2025
La deducción en la declaración de la renta que muchos aplican mal y puede acabar en una revisión de Hacienda
Aunque apenas ha comenzado 2026, los contribuyentes ya deben tener en cuenta las obligaciones fiscales que se avecinan. La campaña de la declaración de la Renta 2026, correspondiente a los ingresos obtenidos en 2025, arrancará poco después de Semana Santa, y la Agencia Tributaria ya ha confirmado las fechas clave y el calendario completo para realizar este trámite.
Este año, los ciudadanos podrán presentar su declaración mediante tres vías principales: por internet, por teléfono o de forma presencial, con plazos diferenciados según el método elegido.
Calendario de la declaración de la Renta 2026
- 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: apertura del plazo para la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025. Esta modalidad continúa siendo la preferida por la mayoría de los contribuyentes, tanto nuevos como veteranos, por su comodidad y rapidez.
- 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración por teléfono. Para ello, los contribuyentes deben solicitar cita previamente entre el 29 de abril y el 29 de junio.
- 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: inicio de la atención presencial en oficinas para confeccionar la declaración. Las citas deben pedirse entre el 29 de mayo y el 29 de junio.
Cómo solicitar cita
Para ser atendido por la Agencia Tributaria, ya sea telefónicamente o de manera presencial, se puede reservar cita a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria o llamando a los siguientes números:
- Teléfonos automáticos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
- Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44
Requisitos y novedades
Hacienda recuerda que la obligación de presentar declaraciones depende del tipo de contribuyente:
- Anual, en el caso del IRPF.
- Trimestral, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Mensual, para grandes empresas (con operaciones superiores a 6.010.121,04 euros en 2025) y ciertos sujetos del IVA, así como para Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social.
Entre las novedades de esta campaña se encuentran la imputación de rentas inmobiliarias, exenciones por ayudas a víctimas de incendios forestales y la prórroga de algunas deducciones.
No cumplir con los plazos establecidos puede conllevar sanciones, por lo que Hacienda aconseja reunir la documentación con antelación y revisar posibles cambios respecto al año anterior.
En la campaña anterior, la Agencia Tributaria devolvió más de 13.000 millones de euros a más de 15,6 millones de contribuyentes, aunque todavía quedaban cerca de 400.000 personas pendientes de recibir su devolución.
Con estos plazos y recomendaciones, los contribuyentes podrán organizarse con tiempo y aprovechar los canales disponibles para cumplir con sus obligaciones fiscales sin contratiempos.
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