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Qué es el IPREM y cómo fija el tope de ingresos para solicitar el Bono de alquiler joven en Andalucía

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples se usa como referencia oficial para límites de acceso; en 2024, el IPREM anual en 14 pagas fue de 8.400 euros

Bono Alquiler Joven en Andalucía 2026: cómo solicitarlo, límites, condiciones y requisitos

Cartel de una vivienda en alquiler en Sevilla / Belén Vargas

Sevillla, 13 de enero 2026 - 11:46

El IPREM es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, una cifra oficial que utiliza el Estado en España como referencia para calcular o fijar límites de acceso a numerosas ayudas y prestaciones públicas, como por ejemplo el acceso al Bono de alquiler joven en Andalucía. En la práctica, cuando una convocatoria menciona '1,5 veces el IPREM' o '2 veces el IPREM', está indicando que el límite de ingresos —o la cuantía— se obtiene multiplicando ese indicador.

Este indicador se emplea, por ejemplo, para determinar si una persona puede acceder a becas, subsidios o ayudas (vivienda, desempleo, justicia gratuita, etc.), para fijar cuantías o topes en determinadas prestaciones y para establecer umbrales de ingresos en convocatorias públicas. Dicho de otro modo: el IPREM funciona como una regla común para decidir quién entra y quién queda fuera.

Cuando se establece un requisito como 'no haber percibido unos ingresos anuales… de hasta 3 veces el IPREM… para una sola persona y hasta 4 veces el IPREM para unidades familiares o de convivencia no unipersonales', el sentido práctico es no superar una determinada cantidad de euros de ingresos anuales en la Renta 2024, usando el IPREM en 14 pagas como referencia. ¿Qué significa eso, exactamente, cuando llega el momento de comprobarlo?

La clave está en los importes y en el método de verificación. En 2024, el IPREM mensual fue de 600 euros y el IPREM anual en 14 pagas, 8.400 euros. Con esa base, se calculan los límites que aplican cuando una convocatoria exige considerar 14 pagas anuales.

Límites de ingresos con IPREM 2024 en 14 pagas

El umbral se obtiene multiplicando el IPREM anual en 14 pagas (8.400 euros) por el número de veces que indique el requisito:

El requisito se interpreta en estos términos: cumples si tus ingresos anuales son menores o igual a 25.200,00 euros (si eres una sola persona) o iguales o menores a 33.600 (si se trata de una unidad familiar/convivencia). Y no cumple si se superan esos importes.

Si no tenías obligación de presentar IRPF

Si la persona solicitante no tuviese obligación de presentar declaración del IRPF, el cálculo se realiza de otra manera: se parte de los ingresos brutos contributivos percibidos en ese periodo y se deducen las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades generales obligatorias y, en su caso, la reducción por rendimientos del trabajo. El resultado es el que se contrasta con los límites de 25.200 euros (3× IPREM) o 33.600 euros (4× IPREM).

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