Crimen del comerciante chino

'Gonso' mató al comerciante chino de Carmona "de manera súbita e inesperada", según el jurado

El Gonso, a la salida de los juzgados de Carmona

El Gonso, a la salida de los juzgados de Carmona / Víctor Rodríguez

Según el veredicto del jurado, Alfonso G. R., conocido como Gonso mató e 19 de mayo de 2018 al comerciante chino Jian Lin Wan "de manera súbita y sorpresiva" asestándole seis puñaldas en el cuello y la cabeza. El jurado considera probado por unanimidad que el acusado había acudido, unas horas antes, al domicilio de su madre para pedirle 30 euros para consumir droga. Cuando obtuvo el dinero, cogió una bicicleta y fue a comprar cocaína y volvió a casa de su madre, de donde la hermana del acusado le llevó en coche a su casa. 

El jurado considera probado por unanimidad que, de camino a su domicilio, Alfonso G. R. hizo que la hermana parara en casa de un amigo, donde volvió a drogarse y, de nuevo paró en el comercio de Jian Lin Wan para comprar una cerveza. Según el veredicto, "el acusado intentó hacerse con las botellas aprovechando que el comerciante le daba la espalda. Jian Lin Wan salió corriendo detrás, "dándole alcance e iniciándose una breve discusión en el curso de la cual ambos forcejearon". 

Los miembros del jurado han aprobado por unanimidad que, en un  momento determinado "de manera súbita e inesperada" el acusado propinó seis cuchilladas al comerciante con un cuhillo "que tenía oculto" en la manga izquierda. Estas puñaladas fueron dadas "con el propósito de acabar con la vida de la víctima". 

Tras ser identificado, el jurado considera probado por unanimidad que Alfonso G. R. se atrincheró en su casa cuando la Guardia Civil fue a detenerlo y, entre las 3:00 y las 4:00 lanzó desde la puerta de su casa al rellano de la escalera en el que estaban los agentes, una botella de vidrio llena de gasolina y con una mecha encendida que no llegó a combustionar "por la impericia" del acusado.

El jurado aprecia, por unanimidad, que Alfonso G. R. actuó en todo momento "bajo una intoxicación que limitaba levemente su capacidad cognitiva y volitiva". Del mismo modo, consideran probado que el acusado tiene un trastorno de personalidad que, unido al consumo de droga, merma su capacidad volitiva pero no la cognitiva. Él mismo declaró ante el tribunal que sabía lo que hacía cuando mató a la víctima. 

Ante el veredicto del jurado, el Ministerio Fiscal solicita para el encausado 19 años de prisión por un delito de asesinato; cuatro años y seis meses de cárcel por un delito de robo con violencia en establecimiento abierto al público, y cuatro años y medio de prisión por un delito de atentado con la agravante de reincidencia, puesto que fue condenado por sentencia firme de 20 de octubre de 2017 dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Huelva a diez meses de cárcel por un delito de atentado.En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que el acusado, que se encuentra en prisión provisional por estos hechos desde el día 21 de mayo de 2018, indemnice con un total de 207.985,88 euros a la esposa y los dos hijos de la víctima.

Por su parte, la acusación particular ha modificado su solicitud de pena al entender que la capacidad volitiva estaba alterada por el trastorno de la personalidad y el consumo de droga

La defensa, a la vista del veredicto, y por imperativo legal solicitó la pena mínima por los delitos considerados probados por el jurado. 

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