Caso Aznalcóllar

El juicio por la adjudicación de la mina de Aznalcóllar se celebrará dentro de tres años por el colapso de la Audiencia

  • El tribunal fija el inicio de la vista oral para marzo de 2025, una década después de que se adjudicara el concurso público para la reapertura de la mina de Aznalcóllar

  • La indeseable intromisión de Alaya

Vista de la Corta de Aznalcóllar.

Vista de la Corta de Aznalcóllar. / Reecovery

El colapso de la Audiencia de Sevilla vuelve a dejar una situación surrealista. La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha fijado para el 3 de marzo de 2025, es decir, para dentro de casi tres años el inicio del juicio por las presuntas irregularidades en la adjudicación a Minorbis del concurso para la reapertura de la mina de Aznalcóllar, un proceso en el que hay 16 acusados, entre ellos una decena de funcionarios y técnicos de la Junta de Andalucía. Esto significa que cuando el juicio arranque habrá pasado una década desde que se adjudicara, en el año 2015, el concurso público.

En una diligencia de ordenación, la letrada de la Administración de Justicia ha fijado para los días 3 y 4 de marzo de 2025 el inicio de la vista oral con las cuestiones previas de un juicio que tendrá lugar entre los meses de marzo y julio de ese año, y para el que se han previsto en principio un total de 40 sesiones de la vista oral.

El presidente de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, el magistrado Ángel Márquez, es el encargado de enjuiciar el caso y ponente del mismo, lo que implica que será él quien redacte la sentencia de un proceso que cuenta con un total de 31 tomos y 14.220 folios. La documentación que el tribunal recibió en marzo de este año del juzgado de instrucción número 3 de Sevilla está compuesta por tres cajas de archivador tipo AZ, así como "tres baúles de madera gran de color azul" con la "documentación confidencial con el precinto de la Junta de Andalucía referente a Emerita", y un disco duro con las actuaciones digitalizadas.

La juez Patricia Fernández, ahora destinada en la misma Sala, fue la magistrada que instruyó la causa de la mina y que hasta en dos ocasiones archivó la investigación al no apreciar indicios de delito, si bien esta juez no puede formar parte de la Sala que enjuicie el caso al haber participado en la fase de instrucción.

En noviembre de 2021, la juez dictó el auto de apertura de juicio oral contra los 16 investigados, a los que se atribuyen delitos de tráfico de influencias, prevaricación, malversación, fraude, negociación ilegal y prevaricación ambiental. Entre los 16 procesados se encuentra el ex presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) Vicente Fernández, la ex directora general de Minas María José Asensio y todos los funcionarios y técnicos que intervinieron en el concurso, además de los empresarios de Magtel, los empresarios Mario e Isidro López Magdaleno.

La acusación particular que ejerce Emerita Resources, la empresa que perdió el concurso, atribuye a los investigados delitos de tráfico de influencias, prevaricación, malversación, fraude, negociación ilegal y prevaricación ambiental, mientras que Ecologistas en Acción, que ejerce la acusación popular, imputa a los investigados cohecho -delito que fue excluido por la Audiencia-, prevaricación, tráfico de influencias, malversación, negociación ilegal, y prevaricación ambiental, y solicita además la adopción de medidas cautelares en cuanto a la suspensión del procedimiento administrativo en trámite.

Una tercera acusación, que ejerce la sociedad Andalucía Mining, solicita que se declare la responsabilidad civil de la Junta de Andalucía, así como de Magtel, Minorbis y Grupo México, cifrando los posibles "daños y perjuicios" ocasionados en 7.195.426 euros.

Sin embargo, la Fiscalía reclama la absolución como ya solicitó el archivo en reiteradas ocasiones durante la fase de instrucción. El escrito de conclusiones de la Fiscalía no deja lugar a ninguna duda a la hora de descartar que se haya producido ningún contubernio en el proceso de adjudicación del concurso para la explotación de la mina de Aznalcóllar. La Fiscalía de Sevilla, como ha venido considerando a lo largo de la instrucción de esta causa que comenzó en el año 2015, reitera que no aprecia indicios de delito en la actuación de los 16 acusados, entre los que se encuentran todos los funcionarios y técnicos que formaron parte de dos organismos clave en el proceso administrativo: la mesa de contratación y la comisión técnica.

Por su parte, la Junta de Andalucía, que defiende a los 10 funcionarios y técnicos que intervinieron en el concurso, también reclama la absolución en un duro escrito de conclusiones en el que arremete contra las decisiones de la Audiencia de Sevilla, por la "doble instrucción" que el tribunal ha realizado en un proceso que se inició en 2015, fue archivado en dos ocasiones por la juez instructora y en el que la Fiscalía solicitó el sobreseimiento hasta en siete ocasiones al descartar los indicios de delito.

La juez de Instrucción número 3 de Sevilla dictó dos autos, el 6 de noviembre de 2015 y el 11 de marzo de 2019, en los que acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa, pero la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla dictó sendas resoluciones en las que se reabrió la causa en dos ocasiones. La ponencia de los recursos correspondió a la magistrada Mercedes Alaya, a la que la Junta no cita expresamente, pero como ponente es la magistrada que estudió la causa y elaboró las resoluciones del tribunal.

Esas resoluciones, asevera la Junta, se dictaron con "extralimitación de sus competencias de mera fiscalización y control de la legalidad del juez de Instrucción", lo que a juicio de la Junta ha provocado que los investigados hayan tenido que soportar una "doble instrucción, la llevada a cabo por el órgano ad quo y la ordenada por el órgano ad quem". Esta doble instrucción, concluye el gabinete, ha supuesto "definitivamente una indeseable intromisión en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales plenas que competen al instructor como juez ordinario en la fase de instrucción y en la fase intermedia del proceso penal abreviado".

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