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El ladrón de Sevilla que robó a su propio vecino y se inventó un falso secuestro para no ser condenado

El caco, al que le han caído cuatro años de cárcel al ser reincidente, contó hasta tres versiones distintas del supuesto rapto

La prueba de ADN fue contundente en su contra: durante el robo se hizo un corte y dejó manchas de sangre en una lavadora y en un polo de la víctima

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El ladrón robó una videconsola Play Station 4, entre otros efectos. / Efe

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena de cuatro años de cárcel que la Audiencia de Sevilla impuso a un ladrón reincidente por entrar en la vivienda de un vecino de su bloque, a la que accedió tras trepar desde su propia casa por el patio interior del edificio, y robarle efectos como una videconsola o joyas. En un intento infructuso de no ser declarado culpable, el caco aseguró a la Policía y a los jueces que el día de los hechos había sido víctima de un secuestro, pero ya no es que fuese convincente con ese "peregrino" cuento, es que ni siquiera fue capaz de dar la misma versión del falso rapto en las veces que le tocó declarar.

La sentencia ahora confirmada por el TSJA fue dictada por la Sección Tercera. El relato de hechos probados explicaba que todo sucedió entre las 3.00 y las 3.45 de la madrugada del 15 de junio de 2020 cuando Jesús G.Z., "llevado del propósito de obtener beneficio económico", accedió por la ventana del lavadero del piso de la víctima "trepando desde su propia vivienda", con cierto peligro además porque se encontraba en la octava planta del bloque. Una vez dentro, el amigo de lo ajeno se apoderó de una Play Station 4, de dos alianzas de oro y oro blanco, dos pulseras marca Pandora y una cadena de oro, todo ello tasado en 1.860 euros. También se llevó 2.500 euros en efectivo. Eso sí, a pesar de su extenso currículum como ladrón, durante el asalto se hizo un corte y dejó "manchas de sangre en eI mobiliario y en un polo de color rosa". En otras palabras, dejó su rastro de ADN en bandeja a la Policía.

Según figura en la sentencia de la Audiencia, el encausado ya había sido condenado el 13 de noviembre de 2012 a dos años y tres meses de prisión por otro robo en casa habitada; el 12 de abril de 2019 a otro año por un robo con fuerza y el 12 de julio de 2019 a un año más por un nuevo robo con fuerza. La agravante de reincidencia era inevitable y la Audiencia, al aplicársela, llevó la pena a cuatro años de cárcel por un delito de robo con fuerza (causó daños en el mobiliario) en casa habitada. También lo condenó a indemnizar al vecino con 4.550 euros.

La defensa de Jesús G.Z. recurrió el fallo de la Audiencia y solicitó la absolución, pero el TSJA desestima ese recurso de apelación. En una sentencia fechada el 11 de febrero y facilitada por su oficina de comunicación, la Sala recuerda que la Sección Tercera "superó toda duda razonable" sobre la autoría de los hechos a partir de "datos tan objetivados y contundente como el reconocimiento efectuado por la víctima", no sólo porque era su vecino sino porque "en alguna ocasión anterior ya había accedido a su domicilio trepando desde su cercana vivienda a través de la ventana de la cocina". Otro dato igualmente irrefutable fue el análisis de las muestras de la halladas en la lavadora contigua a la ventana por la que entró el caco y en el polo.

El acusado, según refleja el TSJA, "circunscribió su comportamiento a una secuencia en la que fue víctima de una suerte de secuestro y agresión". Esa "tesis exculpatoria", sin embargo, "se desmiente de forma categórica" con las pruebas antes comentadas. Según esa versión, el ladrón supuestamente "fue secuestrado extramuros de su vivienda, recibió un golpe en la espalda con una pala y tras despertarse del desvanecimiento que sufrió sus captores lo liberaron y retornó a su domicilio". Eso al menos es lo que dijo en el juicio. Antes, durante la investigación, afirmó que "primero tales agresores lo esperaron en su domicilio y lo dejaron inconsciente", pero "a reglón seguido" cambió de historia y narró que "el secuestro fue en la calle, donde le arrebataron las llaves de su casa, y al llegar a su domicilio, amén de encontrar las puertas partidas, fue agredido" por el presunto secuestrador, que "lo obligó a tocar con su mano ensangrentada varias cosas".

El TSJA, como la Audiencia, no duda de que este "descargo" sólo puede calificarse de "peregrino". Y frente a la rotundidad de las pruebas de ADN de los restos de sangre, "se considera inverosímil y totalmente fabulada una agresión y un secuestro" que para más inri "no fueron objeto de denuncia" por parte del procesado. Por tanto, sus relatos "quedaron huérfanos de cualquier atisbo de realidad".

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