La sanción al bombero chabacano
La Justicia confirma la sanción a un cabo de los bomberos de la Diputación por usar expresiones soeces con sus subordinados · Fue castigado con "demérito" durante dos años, lo que supone una penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad voluntaria
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No fue una broma, sino una burla y una humillación. La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sanción impuesta a un cabo del consorcio de Bomberos de la Diputación de Sevilla porusar expresiones soeces con sus subordinados, a los que llegó a decir "yo soy el jefe del grupo y aquí se hace lo que mi polla diga" y trató de ridiculizarlos después de que uno de ellos solicitara ir al baño antes de subirse a un vehículo para realizar un servicio, llegando incluso a colocar una cuña de orinar en uno de los vehículos oficiales.
La Diputación incoó un expediente disciplinario al funcionario que acabó con su sanción como autor de una falta administrativa de carácter grave, por abuso de autoridad en el ejercicio del cargo y se le impuso, de acuerdo con el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público unasanción consistente en el "demérito" por espacio de dos años, lo que suponía una penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad. Y esto influyó en que se dejara desierto un puesto al que había concursado, en una resolución que el afectado también recurrió ante los tribunales. El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla dictó una sentencia en la que rechazaba el recurso del cabo de Bomberos, una decisión que ahora ha confirmado íntegramente la Sala del Alto Tribunal andaluz, al estimar que han quedado acreditados los hechos que se le imputaban a través de las declaraciones testificales en el expediente administrativo y que fueron ratificadas en sede judicial.
¿Y qué hechos se le atribuyen?
Según la denuncia presentada por un bombero interino, fueron tres los incidentes que se produjeron los días 17 de febrero, 28 de febrero y 1 de marzo de 2021. El primero, el 17 de febrero, tuvo lugar cuando a la hora del almuerzo los bomberos que estaban de guardia tuvieron que dejar la comida en la mesa para realizar un servicio de emergencia. El bombero en cuestión paró en el aseo de camino al camión, sin interrumpir la salida. A la vuelta del servicio, el cabo le recriminó que hubiese ido al baño: "¡Si yo no meo ni cago antes de una intervención, aquí no mea ni caga nadie!". El bombero respondió afirmando que el hecho de que hubiese parado a orinar "no ha interrumpido en ningún momento el fluir de la salida a la intervención, puesto que estaba montado en el camión antes de que el compañero arrancara". La conversación se alargó durante unos minutos y en la misma el cabo afirmó: "Yo soy el jefe de grupo y aquí se hace lo que mi polla diga".
El segundo incidente, el 28 de febrero de 2021, cuenta cómo el cabo escribió ese día en un mensaje del grupo de Whatsapp de Bomberos, junto a un orinal tipo cuña, en clara alusión al incidente anterior, con el siguiente contenido: "voy a proponer que pongan esto en los camiones de bomberos, y en la lista de materiales, por si durante, antes o después nos entran ganas de mear, a los bomberos, bma y cabos".
Unos días después, el 1 de marzo, el funcionario sancionado colgó un vídeo en el grupo de Whatsapp en el que aparece delante del camión Bul -vehículo de los bomberos- con la cuña de orinar en la mano, acompañado del siguiente mensaje: "Bueno señores, lo prometido es deuda, aquí tenemos el orinal, irá en el Bul. Así que los bomberos, bmas o casos que necesiten mear, lo voy a proner aquí en el maletín de primeros auxilios, para mear".
Ese mismo día, el cabo se encontraba de guardia en el parque de Osuna y el bombero interino que había ido al baño antes del servicio en el parque de Estepa, también de guardia. Cuenta la sentencia que constituye un procedimiento habitual que cuando el parque de Estepa se queda con las botellas de oxígeno vacías, llama a Osuna para pedir que les lleven botellas llenas, y para la entrega quedan en un punto intermedio, en Aguadulce, para hacer el trueque, debido a que en Estepa el equipo para ello "está roto". Sin embargo, ese día, el cabo llamó al parque de Estepa, sabiendo que esta de guardia el bombero interino, y provocó el intercambio. Cuando llegó al punto del mismo, todos los compañeros pudieron ver cómo en el salpicadero del vehículo estaba la "cuña-orinal", con una "clara intención de burlarse" de él.
Tras la denuncia, se inició una investigación en la que se tomó declaración a varios bomberos, que confirmaron todos los hechos. Un sargento declaró que había visto el vídeo y le pareció "intolerable y absolutamente fuera de lugar", afirmando que no existe ningún protocolo que diga que los bomberos "no pueden entrar al aseo antes de una intervención", añadiendo que los baños están muy cerca y que en caso de necesidad "prefiere que la persona haya pasado previamente por el servicio a que vaya con un estrés añadido a la intervención".
"No era una broma sino una ridiculización"
Otros bomberos aseguraron que no se trará de "ninguna broma" y coincidieron en que el vídeo era una "provocación y una ridiculización en el grupo". El jefe operativo del Sistema de Bomberos consideró igualmente que el vídeo supone una "falta de respeto enorme y una burla", explicando a continuación que el vehículo es un coche oficial en el que no se pueden introducir equipos que "no sean de la dotación de dicho vehículo" y concluyó que el denunciado "crea conflictos" y destacó "sus formas groseras despues de tantos años".
Otro bombero acalró que no había problema en in al baño antes de una salida, pues de lo contrario podría aumental el nerviosismo y la tensión ante la stiuación, indicando que supuso un retraso de "apenas 10 o 20 segundos".
Solo uno de los testigos declaró a favor del cabo, afirmando que metió la cuña en el camión como una broma. Este testigo dio que no tiene conocimiento de que el cabo se burlara o abusara del cargo con los subordinados, y añadió que esta persona usa expresiones como "aquí se hace lo que me salga de la polla" y que esta palabra "la usa constantemente, que es como una muletilla" que emplea habitualmente.
La Sala confirma la sentencia y destaca el "contenido objetivo de los medios probatorios que la juzgadora de instancia ha tenido a su disposición" y de los que resulta el caracter "incriminatorio o inculpatorio" para el funcionario, pues "adveran la realidad de los hecho que se atribuyen al hoy recurrente, de manera que, en el presente caso, la juzgado a quo ha dispuesto de prueba más que suficiente para tener por acreditados los hechos básicos por ella apreciados en la sentencia" y que constituyen una falta grave de abuso de autoridad en el ejercicio de sus funciones, consistente en el "uso indebido de las competencias, extralimitándose en su actuación, y llevado a cabo actos con una finalidad distinta de aquella que justifica la atribución de potestades públicas".
"Nada justifica la humillación y burla"
En este sentido, advierten los jueces que "nada justifica la forma de llamada de atención, corrección a un subordinado, por medio de la reprobable forma en que lo hizo el ahora recurrente. La percepción de humillación, burla, fue claramente percibida por los compañeros; actuación mantenida, culminando con lo acontecido con motivo del cambio de botellas el día 1 de marzo de 2021, estando en el ejercicio de sus funciones".
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