Antonio Tejado asume que irá a juicio por el robo a María del Monte: renuncia a la apelación

El asalto al chalé de María del Monte

El sobrino de la popular cantante no presenta recurso de apelación contra el auto del juez que lo procesó por su presunta participación en unos hechos por los que se enfrenta a una petición de 30 años de prisión

Tejado cumpliría un máximo de 18 años si es declarado culpable del robo

El sobrino de María del Monte, Antonio Tejado, cuando declaró ante el juez. / juan carlos muñoz

Antonio Tejado asume que se sentará en el banquillo de los acusados para ser juzgado por el asalto al chalé de su tía María del Monte, hechos por los que se enfrenta a una petición de la Fiscalía de 30 años de prisión. El abogado Fernando Fernández Velo, que representa a Antonio Tejado, ha decidido no presentar un recurso de apelación contra el auto del juez que confirmó los "indicios racionales" contra el sobrino de María del Monte y los otros diez procesados por el asalto al chalé de la popular cantante.

El juez de Instrucción número 16 de Sevilla ha dictado una providencia en la que da cuenta de los recursos de apelación presentados por seis de los once investigados, entre ellos el amigo íntimo de Tejado, el ciudadano ruso Arseny Garibyan, que está considerado como uno de los presuntos cabecillas de la banda que perpetró el robo en la madrugada del 25 de agosto de 2023.

La defensa de Antonio Tejado sí que había recurrido inicialmente el auto dictado en mayo pasado, que puso fin a la investigación del caso con el procesamiento de las 11 personas investigadas. El sobrino de María del Monte pidió entonces al instructor que archivara la causa contra él, al considerar que no había indicios de su presunta participación en los hechos y, en concreto, de que facilitara "información privilegiada" a los ladrones facilitando la entrada en la vivienda, comunicando cuándo estaría su tía para que les abriera la caja fuerte y describiendo el interior de la casa.

El sobrino insistió en su inocencia, alegando que no existen indicios que permitan asegurar que los autores materiales del robo "poseyeran información privilegiada relativa a la vivienda y a su distribución, sobre los sistemas de seguridad instalados en la misma, sobre la localización de la caja fuerte o la existencia de joyas en su interior". De la investigación practicada, opinaba su abogado, se desprende que los asaltantes "actuaron en consonancia con el resultado de sus actos preparatorios, pesquisas y vigilancia, sin contar con información privilegiada aportada por terceros en disposición de poseerla".

La defensa consideraba una "deducción de lo más lógica" que los ladrones pudieran suponer que María del Monte e Inmaculada Casal disponían de una caja fuerte y que en la misma guardaran sus joyas y relojes de gran valor, pero entendía que hay indicios de que los ladrones "no contaban con información privilegiada, como puede ser el hecho de que llegaron a confundir una nevera pequeña y de color rojo que había en el dormitorio principal con la caja fuerte".

Y según el escrito del abogado del sobrino de la cantante, "mucho menos puede sostenerse que Antonio Tejado haya facilitado información a los autores con el objetivo de que se perpetrara el robo porque ningún indicio indica que en algún momento, bien sea de manera consciente o inconsciente, haya facilitado a nadie información relativa a la vivienda o sobre alguno de sus moradores, habituales o esporádicos".

Una "investigación retrospectiva"

La defensa del sobrino cargaba igualmente contra la investigación realizada por la Guardia Civil, al afirmar en su recurso que en ningún caso las pesquisas condujeron "de manera natural" hacia Antonio Tejado, sino que "más bien, tras el hallazgo casual de la relación entre Antonio Tejado y Arseny Garibyan en una exploración del perfil de este último en Instagram, da comienzo una investigación retrospectiva con respecto a Antonio Tejado".

Ni en los registros domiciliarios, intervenciones telefónicas, rastreos con GPS y otras diligencias practicadas, insistió el letrado, se ha aportado "un solo indicio sólido sobre la participación de Antonio Tejado en los hechos, facilitando información de ningún tipo, así como tampoco se obtiene ningún indicio de que el resto de investigados hubieran tenido en algún momento información como la que se pretende atribuir como facilitada por Antonio Tejado".

Para la defensa, no existe ningún indicio más allá de "conjeturas e hipótesis" de que el sobrino hubiera facilitado información de cualquier tipo sobre la vivienda o sobre la "información extraída de las conversaciones que mantenía con su tía o con la señora Casal, que giraban siempre en torno a la logística relativa a la entrega de un cachorro que María del Monte había solicitado a Antonio y que desde hacía un tiempo éste tenía consigo".

"La insistencia, la intensidad y las preguntas formuladas en esas conversaciones obedecía, como ya se expuso, a la necesidad imperiosa de entregar el perro. El resto, de nuevo, meras hipótesis", añadía el recurso.

El juez rechazó el recurso del sobrino y reiteró los indicios que hay contra él

Ante este recurso de reforma presentado por el abogado de Tejado, el magistrado dictó un nuevo auto, el pasado 4 de septiembre, rechazando el archivo de la causa contra el sobrino y confirmando los "indicios racionales" contra el sobrino y los otros diez investigados, muchos de los cuales han recurrido su procesamiento ante la Audiencia de Sevilla, que será la que tendrá la última palabra sobre el caso, si bien la Sala ya no se pronunciará sobre Tejado al haber desistido a presentar un recurso de apelación.

En el nuevo auto, al que tuvo acceso este periódico, el juez Juan Gutiérrez Casillas desestimó los recursos de los 11 procesados porque, según afirma, que "de lo instruido en la causa existen indicios racionales de la perpetración de los delitos descritos en la resolución recurrida y en el presente auto que determinan la procedencia de acomodar la continuación de la tramitación de la causa a través de las normas de procedimiento abreviado".

El magistrado reitera que de la investigación desarrollada por la Guardia Civil "se infiere racionalmente" la perpetración de los delitos y, por tanto, al existir esos "indicios racionales de su comisión, procede la desestimación de los recursos". El juez matiza que el auto de transformación de las diligencias previas en un procedimiento abreviado "se sustenta en indicios racionales y no suponen una sentencia de condena, de modo que los elementos de pruebas alegados en relación a la exculpación de los investigados deberán tener virtualidad en sede de juicio oral".

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